20 sept. 2025

Niños de San Pedro corren riesgo de estudiar bajo árboles

Varias construcciones de aulas de escuelas de comunidades humildes del distrito de General Resquín están paralizadas y la culminación de los trabajos no sería posible para el inicio de clases del año 2017, debido a que las cuentas del Fonacide fueron embargadas.

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Los más afectados ante la orden judicial serían los niños de San Pedro. Foto: Carlos Aquino, ÚH.

Por Carlos Marcelo Aquino | San Pedro

Tal hecho se debe a que el juez en lo Civil y Laboral de San Pedro de Ycuamandiyú, Guillermo Lezcano, decretó el embargo de las cuentas del municipio de General Resquín para el pago de un monto de dinero que reclama el exintendente, Vidal Britos, quien fue destituido de su cargo en el periodo de 1991 a 1996.

Britos, tras salir airoso del proceso judicial, entabló una demanda por daños y perjuicios contra el municipio y la Justicia determinó que se le debía pagar G. 293 millones.

Mediante un acuerdo con el actual intendente Baldomero Giménez, en setiembre de este año se le entregó la suma de G. 150 millones y el resto debía ser pagado de la recaudación genuina del ejercicio 2017.

Sin embargo, el juzgado decretó el embargo de la cuenta del municipio, y como la única cuenta que contaba con fondos era la del Fonacide, los recursos quedaron embargados. Esta situación dejó sin posibilidades de seguir comprando materiales y pagando al personal de las construcciones que vienen ejecutando, cuya terminación estaba prevista para febrero de 2017.

BAJO ÁRBOLES. Por su parte, el intendente Baldomero Gimenez (ANR) lamentó esta situación que lo deja con las manos atadas y, según dijo, los más perjudicados son los niños debido a que, si no se culminan las aulas, deberán iniciar las clases bajo árboles.

“Nos sorprende esta decisión judicial porque nosotros tenemos un acuerdo firmado con Britos de ir pagando con los recursos genuinos. La ley prohíbe el embargo de los bienes municipales, y más todavía de los recursos provenientes del Fonacide”, explicó el jefe comunal.

La ley 1.493/2000 modifica varios artículos del Código Civil y dispone la inembargabilidad de bienes municipales.

RESPUESTA. En comunicación telefónica con el juez Guillermo Lezcano se puedo verificar una confusa explicación al negar que haya embargado la cuenta corriente del municipio.

“Es una cuestión del oficial de Justicia. Él hace su trabajo y yo el mío, y si está mal la levantamos y ya está. De hecho, ya presentaron un pedido de levantamiento y con respecto a la Ley que prohíbe el embargo de un bien municipal; la ley cambia y cambia (sic)”, expresó molesto.

Los padres de familias de las escuelas cuyas construcciones están paralizadas anunciaron que realizarán una gran manifestación de repudio contra el juez Lezcano si no se levanta el embargo.

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