El candidato consideró oportuna la decisión tomada por el Ejecutivo, al rechazar el artículo que estipula que para la pérdida de investidura de un legislador se tenga que esperar una sentencia judicial definitiva.
Asimismo, apuntó que lo más apropiado fue dejar el aumento del número de votos para destituir a un parlamentario. Según refirió, el espíritu de la Constitución no es coherente con la redacción del articulo 201.
“Es ilógico que para suspender a un legislador necesitás dos tercios y para la pérdida de investidura solo mayoría simple”, sostuvo.
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Marito alegó que, independientemente a lo que dicta la Constitución, optó por ser razonable y apoyar lo planteado por los legisladores en el proyecto de ley.
Cartes resolvió vetar parcialmente el proyecto que reglamenta la pérdida de investidura, objetando solo la frase que expresa textualmente que “para la determinación de la existencia de un hecho punible, se respetarán las normas penales vigentes”.
El proyecto fue sancionado por el Congreso el pasado 15 de marzo, y establece que para la pérdida de la investidura de un legislador se precisará de la mayoría absoluta de dos tercios de los legisladores. Eso significa que los senadores necesitarán 30 votos (de 45 integrantes) y los diputados necesitarán 53 (de 80 miembros).