Talavera explicó que los partidos políticos son agentes de retención ocasional, y que el PLRA debió presentar un comprobante de retención de impuesto, en este caso el 10% por el IVA y el 10% por el IRP sobre el monto del servicio que contrató. Dijo que la ley establece el principio de defraudación cuando no se tributa al fisco.