La normativa señala que los donantes voluntarios gozarán del beneficio de descuento del 30% del costo de las entradas a los espectáculos públicos en general, sean estos organizados por el sector privado o público.
Menciona que el único requisito para gozar de ese privilegio será la presentación de la Cédula de Identidad donde se establece que una persona es donante.
Los organizadores de sector privado que no cumplan con la disposición, pueden ser sancionados con una multa de hasta 1.000 jornales mínimos, siendo la autoridad competente de aplicación el Instituto Nacional de Ablación y Trasplante (INAT).
El documento contaba con media Sanción de Diputados y posteriormente fue rechazado por el Senado. La Comisión de Salud Pública de la cámara baja, aceptó el rechazo de la Cámara Alta.
Finalmente, este miércoles Diputados enviaron al archivo el documento.