El ex gobernador de Central explicó que, leyendo el artículo 261 de la Constitución, no se puede tener otro tipo de interpretación.
El mencionado artículo señala que “los ministros de la Corte Suprema de Justicia solo podrán ser removidos por juicio político. Cesarán en el cargo cumplida la edad de setenta y cinco años”.
Según el legislador liberal, cada tanto se habla de confirmación de ministros de la Corte porque “existen intereses de subordinar la Justicia a los vaivenes políticos”.
Sobre la teoría de la reconfirmación por parte del Senado, Amarilla fue tajante al señalar que esa es una interpretación errónea, en la que se cae cada tanto. “No existe esa disposición”, enfatizó.
Sobre el proyecto de reconfirmación presentado recientemente en el Senado, dijo que es “improcedente porque el Senado se estaría atribuyendo una potestad que no tiene”.
También afirmó que esa intención confirma la mala práctica de interpretar la Constitución que tiene la Cámara de Senadores.
Subrayó que para subsanarlo se debe abrir un debate y revocar las resoluciones que hablan de 5 años de mandato, como se dio con Gladys Bareiro, Luis María Benítez Riera, y ahora con Miryam Peña.