18 sept. 2025

Tribunal vuelve a negar carpeta fiscal a la familia de Pecci

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Justicia. El fiscal contra el crimen Marcelo Pecci fue asesinado en Colombia en el 2022.

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El Tribunal de Apelación Penal decidió por mayoría ratificar el rechazo al pedido de la familia Pecci Albertini para acceder a la carpeta fiscal del asesinato del fiscal Marcelo Pecci.

La decisión se dio con dos votos en contra y uno a favor. Mientras los jueces Delio Vera Navarro y Agustín Lovera Cañete se opusieron al pedido, Cristóbal Sánchez lo respaldó argumentando el derecho de la víctima a intervenir en el proceso.

La negativa ocurre tras dos intentos previos fallidos de la familia Pecci por obtener acceso a la investigación, rechazados por la Fiscalía en junio y agosto de 2024.

El pedido tiene como objetivo permitir a la familia Pecci participar activamente en la investigación y conocer los avances realizados hasta el momento.

Posturas. En el documento, Agustín Lovera Cañete señala que se adhiere a la opinión contraria de Delio Vera Navarro de hacer lugar al acceso de la familia a la carpeta fiscal.

“El mismo adolece de impugnabilidad subjetiva, lo que torna inadmisible el recurso impetrado”, señaló Lovera en parte de su argumentación.

Por su parte, Cristóbal Sánchez votó a favor del pedido y señaló en su argumentación que sí se cumplieron las condiciones exigidas para acreditar la legitimación de la solicitud de la familia Pecci.

“Soy del criterio, y así lo plasmó en este voto, de que la víctima tiene derecho a intervenir en el procedimiento”, mencionó Sánchez.

Manifestó además que si la solicitud de acceso a la información de la carpeta fiscal puede afectar la investigación porque está bajo una reserva expresa, “lo menos que tendría que hacer el Ministerio Público es señalar el o los motivos concretos que le llevan a concluir que la información sobre la carpeta fiscal es sensible para el acceso a terceros, porque, finalmente, la víctima no es un tercero, sino es el único sujeto procesal”.

A su turno, el juez Delio Vera Navarro sostuvo que “consonante con estas circunstancias deviene oportuno recordar las reglas del procedimiento civil en donde el articulo 2575 del Código Civil refiere que el pariente más cercano en grado excluye al más remoto. “Los llamados a sucesión intestada no sólo suceden por derecho propio sino también por derecho a representación”, argumentó Vera Navarro.

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