20 abr. 2026

Tribunal dice que no hubo violación ética en reunión secreta de ministros con Santiago Peña

En mayoría, el Tribunal de Ética Judicial entendió que no existió violación ética de los seis ministros de la Corte Suprema de Justicia que se reunieron en secreto con el presidente de la República, Santiago Peña. El voto en disidencia dice que sí se produjo violación, con lo que hay que aplicar la sanción de “recomendación”.

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Sin sanción. Los seis ministros que participaron de la reunión secreta con el presidente Santiago Peña, no cometieron violación ética, dicen.

Foto. Gentileza PJ.

“En el caso en concreto no se acreditó interferencia en la función jurisdiccional; subordinación institucional; compromiso de imparcialidad; actuación incompatible con el deber de autonomía decisional; por consiguiente no se configura transgresión al artículo 10 del Código de Ética Judicial”, dice el voto de la mayoría del Tribunal de Ética Judicial, respecto al caso.

Recordemos que los ministros César Diesel, Alberto Martínez Simón, Carolina Llanes, César Garay, Eugenio Jiménez Rolón y Luis María Benítez Riera, se reunieron con el presidente de la república, Santiago Peña, en Mburuvicha Róga, en una reunión que no estuvo en la agenda ni se publicitó.

Los ministros Manuel Ramírez Candia y Víctor Ríos Ojeda no fueron invitados a la reunión, mientras que el ministro Gustavo Santander declinó la invitación y no asistió a la misma.

Ante las críticas recibidas desde la prensa y varios sectores ciudadanos, el Tribunal de Ética abrió una investigación ética para determinar si se violó o no el artículo 10 del Código de Ética, que habla de la independencia judicial.

El voto en mayoría fue de los miembros Miryam Peña, ex ministra de la Corte; María Lourdes Breuer, Amparo Samaniego viuda de Paciello y Olga Talavera Torres, mientras que votó en disidencia, Antonia Irigoitia.

Breuer fue la que sustentó el voto mayoritario, quien señaló que “la independencia no implica incomunicación, exige en cambio, que la interacción interorgánica no interfiera en la función jurisdiccional ni comprometa la imparcialidad”.

“De las constancias obrantes en autos -en particular del Acta Nº 47de la sesión plenaria de fecha 10 de diciembre de 2025- surge que los Ministros investigados explicitaron en sesión pública los alcances de la reunión cuestionada”, explicó.

Igualmente, refiere que según las manifestaciones “los temas abordados estuvieron referidos a ejecución presupuestaria; liberación de recursos financieros; infraestructura edilicia en circunscripciones judiciales, y coordinación interinstitucional en materia administrativa”.

Con ello, apuntó que ”este Tribunal reconoce que la legitimidad del Poder Judicial descansa no solo en la independencia real sino también en su apariencia”.

Lea más: Tribunal de Ética Judicial abre investigación a ministros de la Corte que participaron de reunión secreta

“La ausencia de convocatoria formal pública o agenda institucional documentada puede generar percepciones sociales adversas, sin embargo, la valoración ética no puede fundarse exclusivamente en la repercusión mediática sino en la constatación objetiva de infracción normativa”, afirmó.

Argumentó que no se acreditó interferencia en la función jurisdiccional, subordinación institucional, compromiso de imparcialidad, actuación incompatible con el deber de autonomía decisional, por lo que entiende que no se configura transgresión al citado artículo 10.

Voto en disidencia

La miembro Antonia Irigoitia, por su parte, votó en disidenica. Señaló que no cuestiona que los ministros se reúnan con el presidente de la República, ya que fue convencional constituyente y participó de la comisión que debía redactar los artículos referentes al Poder Judicial.

Sostuvo que todos los miembros estaban “contestes en otorgarle al Poder Judicial las garantías y atribuciones propias del mismo que no dependiera más del Poder Ejecutivo, por eso se pergeñó el artículo 3 de la Constitución”.

Remarcó que por eso se le otorgó la independencia del Poder Judicial, la potestad exclusiva y excluyente de atribuciones judiciales, la autarquía presupuestaria, entre otros.

“Traigo como referencia estos artículos para destacar la Autonomía y Autarquía de la CSJ y enlazo esto con el art. 3 que sitúa ser el diseño de la Constitución de 1992- a los 3 Poderes del Estado en un mismo pie de igualdad. Y enlazo con los principios que rigen a una República: la elección popular, la periodicidad y la publicidad de los actos de gobierno”, aseguró.

En su voto, apuntó que no cuestionaba que los ministros se reunieran con el presidente. Lo que cuestiona es que la reunión “no fue institucional, fue secreta y ese secretismo es el que viola el principio de publicidad”.

“Y por otro lado, no noto prolijidad en cómo se realizó esa visita de 6 Ministros a Mburuvicha Róga, que no fueron avisados o comunicados otros 2 Ministros (son del mismo rango), que “no pudieron comunicarse con el Dr. Víctor Ríos Dr. Manuel Ramírez Candia, me parecen pueriles las manifestaciones dadas por los que asistieron al acto... no tienen consistencia, el otro Ministro, Santander, declinó participar”, manifestó en su voto.

“Si se hubiera dado publicidad de esa reunión, la ciudadanía no hubiera realizado tanto cuestionamiento. Creo que les faltó prudencia y respeto”, subrayó.

“Del informe que remitieron a la Oficina de Ética surge alguna desprolijidad -en esta era de la tecnología de que no pudieron comunicarse con sus pares los Dres. Víctor Ríos y Manuel Ramírez Candia”, acotó.

“Finalmente quiero manifestar que concluyo este análisis expresando que se ha violado normas morales establecidas en el art. 6 del Código de Ética, correspondiendo así la medida ética establecida en el art. 62 inc. 2 num. A también del mismo cuerpo legal”, culminó la miembro Irigoitia.

De esta manera, votó por la sanción de “recomendación” a los ministros de la Corte.

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