El abogado Federico Huttemann, uno de los defensores de Arnoldo Wiens, requirió a los ministros de la Corte la aclaratoria de la resolución del 8 de julio pasado, por la cual se rechazó la recusación contra los camaristas Paublino Escobar y Camilo Torres en la causa por supuesta lesión de confianza contra el ex ministro.
La Corte había rechazado la recusación con el argumento de que la defensa no presentó causales válidas ni fundamentos jurídicos que justificaran la separación de los camaristas, sino que se limitaron a criticar las cuestiones procesales.
Una vez confirmados los camaristas, estos debían estudiar un recurso de apelación del juez Humberto Otazú en contra de la admisión de la imputación.
Sin embargo, en su pedido de aclaratoria, el profesional señala que la Corte omitió analizar la “sustancia” de la recusación, que supuestamente expone la clara violación de las reglas de competencia de los magistrados.
Esto, porque al ser una cuestión de orden público, no pueden consignarse como una circunstancia que hace al mero trámite respecto a la causa en cuestión.
“Por ende, lo que se peticiona expresamente y muy respetuosamente es que, a través de la aclaratoria, emitan una resolución complementaria a la antes individualizada que estudie el motivo de la recusación, que es sustancial con el debido proceso y, con base a ello, emitan una decisión ajustada al estricto régimen constitucional y legal”, afirma en su pedido.
“La resolución impugnada centra su análisis en una premisa ajena o extraña al motivo de la recusación promovida. La Sala Penal concluye que ‘los argumentos esgrimidos por el recusante se limitan a atacar cuestiones procesales’ y que, ‘subrepticiamente’, lo que se desprendería del escrito sería una mera disconformidad del justiciable con lo anteriormente resuelto por los integrantes del órgano jurisdiccional”, sostiene.
“Sin embargo, esa respuesta otorgada en la resolución omite responder al verdadero fundamento que fuera debidamente expuesto y que, como se anticipó, guarda estrecha vinculación con la legalidad de la competencia que de mantenerse así viola la estructura de las competencias repartidas por la legislación ritual y convierte a los integrantes del tribunal de apelación en legisladores”, explica el defensor.
Remarcó que ellos, fueron cuidadosos “en fijar el tema de la recusación desde el inicio mismo del planteo y se anticipaba en señalar que no se dedicaba a una mera disconformidad con el contenido de una resolución judicial ni pretendía convertir a una recusación en una vía de revisión de criterios jurisdiccionales”.
Explica en su escrito que “los magistrados recusados, al pronunciarse sobre la inadmisibilidad de un recurso interpuesto contra una resolución originaria del propio tribunal de apelación, asumieron una posición concreta acerca del alcance de sus propias atribuciones y, simultáneamente, acerca de las facultades que correspondían a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, impidiendo que el órgano superior examinara la cuestión recursiva planteada”.
Al final, solicitó a la máxima instancia judicial que aclare las omisiones y contradicciones que se dieron en el fallo, y que se disponga la apertura del incidente a prueba para analizar los elementos ofrecidos.