12 feb. 2026

Senado accede a no penalizar omisiones en las declaraciones juradas

El Senado no reunió los votos necesarios para ratificarse en el proyecto de ley sobre las declaraciones juradas en su versión, permitiendo así que quedara sancionada la versión de la Cámara de Diputados que evita la penalización de los funcionarios que omitan datos en sus declaraciones juradas.

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Proyecto de declaración jurada de bienes fue sancionada con la versión de la Cámara de Diputados.

Foto: Gentileza.

La Cámara de Senadores analizó este jueves el proyecto de ley que modifica varios artículos de la Ley 5033/2013 “Que reglamenta el artículo 104 de la Constitución Nacional, de la declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos de los funcionarios públicos y deroga la Ley 6355/2019”.

Sin embargo, el proyecto que en un principio penalizaba las omisiones en las declaraciones juradas de los funcionarios públicos terminó por ser sancionado en una versión benévola, presentada por la Cámara de Diputados, que considera las omisiones como errores que pueden ser rectificados y así evitar su penalización.

La versión de los Diputados se impuso porque los senadores no reunieron los votos necesarios para la ratificación, es decir, 23 votos, dando vía libre al planteamiento de la Cámara Baja.

Nota relacionada: Diputados se ratifican en no penalizar omisiones en las declaraciones juradas

Solo 18 senadores votaron a favor de la penalización de las omisiones, mientras que 9 legisladores votaron por la versión Diputados, 5 abstenciones y 13 estuvieron ausentes. De esta manera, el proyecto pasa al Poder Ejecutivo para su veto o promulgación.

La propuesta original fue presentada por la Contraloría General de la República en Diputados. La intención era modificar los artículos 1, 3, 4, 7, 13, 14, 16 y 21 de la Ley 5033/13, donde se establecía que no es posible para el funcionario rectificar los datos de las declaraciones y se remite directamente a la Justicia Ordinaria para una investigación.

Sin embargo, los diputados modificaron el documento para que las rectificaciones fuera de plazo se puedan realizar en cualquier momento sin que sean pasibles del delito de declaración falsa.

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Con la normativa se busca que todas las declaraciones juradas presentadas por los funcionarios sean públicas, sin necesidad de una orden judicial. La Corte habilitó la publicidad de las declaraciones solo de los años 1998 hasta 2017, por lo que termina siendo injusta la norma actual, ya que muchos no tienen sus documentos en forma pública.

El proyecto de ley también establece el acceso directo por parte de la Contraloría a los datos de los Registros Públicos, Registro del Automotor y la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), para contrastar eficientemente la veracidad de lo declarado, en los exámenes de correspondencia; la exclusión de proveedores del Estado como sujetos obligados de presentar declaraciones juradas, y reducir la multa por no presentar las declaraciones, ya que actualmente es de 300 jornales mínimos sin diferencia entre quienes ganen un sueldo elevado y menos que el básico.

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