16 mar. 2026

Reforma de la Caja Fiscal regula beneficios para viudos

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El proyecto de ley de reforma del Sistema de Pensiones y Jubilaciones del sector público, o la Caja Fiscal, en su versión aprobada recientemente por el Senado, introduce algunas modificaciones en las pensiones para viudos y viudas, especialmente para los jóvenes, además de otros cambios en el régimen previsional. Uno de los puntos centrales, tomado también de la versión de la Cámara de Diputados, es la creación de una pensión temporal para el viudo o cónyuge sobreviviente cuando este no cumple determinados requisitos de edad o de duración del vínculo con el fallecido.

En ese sentido, el texto establece que si el matrimonio o unión de hecho tuvo una duración menor a 10 años o si el beneficiario no alcanza la edad mínima exigida al momento del fallecimiento, la pensión se otorgará solo por un plazo máximo de tres años. Asimismo, el beneficio se eliminará automáticamente si durante ese periodo la persona contrae de nuevo matrimonio o formaliza otra unión de hecho.

De esta manera, la pensión permanente sería únicamente para quienes acrediten al menos 10 años de convivencia o matrimonio y cumplan con la edad mínima establecida. El documento señala específicamente que la limitación se aplicará cuando el viudo tenga menos de 57 años al momento del fallecimiento del beneficiario de la jubilación.

Actualmente, la Ley vigente 2345/2003, de Reforma y Sostenibilidad de la Caja Fiscal, establece pensiones a herederos y cónyuges con carácter permanente, siempre que se cumplan los requisitos legales, sin fijar un límite general de tiempo como el que introduce la nueva propuesta para los casos de viudos jóvenes o relaciones recientes.

Además, el Senado mantuvo otra disposición proveniente de Diputados que establece la incompatibilidad entre percibir simultáneamente una jubilación propia y una pensión de herederos dentro del sistema previsional público. En este caso, el beneficiario deberá optar por uno de los beneficios, pero tendrá derecho a elegir el de mayor monto. Sin embargo, la norma aclara que esta restricción no afectará a quienes ya estén percibiendo ambos ingresos al momento de la eventual entrada en vigencia de la ley, en el marco del respeto a los derechos adquiridos, como lo exigían diversos gremios durante el debate.

El proyecto también incorpora reglas para el cómputo de aportes realizados en distintos regímenes del sector público. Los afiliados que hayan contribuido de manera sucesiva y no simultánea a diferentes cajas podrán solicitar que los años de servicio se sumen de forma prorrateada para acceder a la jubilación, siempre que tengan al menos 65 años de edad.

También prevé la devolución de aportes para quienes se retiren de la función pública sin reunir los requisitos para jubilarse, incluso aplicando los mecanismos de acumulación de servicios.

El debate continúa esta semana

El proyecto se encuentra ahora pendiente de su tratamiento definitivo en la Cámara de Diputados, donde regresó para su segunda vuelta tras las modificaciones introducidas por el Senado. Se prevé que la iniciativa sea analizada en los próximos días, mientras continúan las negociaciones entre bancadas y gremios para intentar consensuar una versión final.

En paralelo, gremios docentes, uno de los sectores más críticos a la reforma, anunciaron movilizaciones y un paro de actividades este martes 17 de marzo, a la espera de la definición por parte de la Cámara Alta.

La propuesta y el debate que se inició se enmarca dentro del plan del Gobierno para contener el creciente desequilibrio financiero de la Caja Fiscal, que se fue profundizando en los últimos años. Además de los cambios en pensiones para herederos, contempla ajustes en edades mínimas de jubilación, tasas de sustitución diferenciadas, incrementos en aportes, un aporte estatal de 10% por cada beneficiario y los mecanismos de transición para funcionarios con mayor antigüedad.

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