El documento explica que no se puede apelar a la medida invocando el artículo 252 del Código Procesal Penal. El mismo hace referencia a nuevos elementos en el proceso que desvirtúan los motivos para la prisión preventiva y, según el Juzgado, no aparecieron tales elementos y tampoco feneció el plazo para resolver si el imputado va a prisión.
El texto también señala que es muy probable que Caballero obstruya la investigación, mismo argumento que fue utilizado para decretar la prisión de Froilán Peralta.
De esta forma, el otrora hombre fuerte del primer anillo de Froilán Peralta seguirá recluido en el pabellón Libertad del penal de Tacumbú, donde también se encuentra el ex rector de la Universidad Nacional de Asunción (UNA), imputado por irregularidades en su gestión.
Juan Gualberto Caballero había sido imputado por lesión de confianza por los fiscales de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción del Ministerio Público, Martín Cabrera y Josefina Aghemo.
Su abogado defensor, Vidal Molinas Cabello, apeló a la medida de reclusión y manifestó que habían ofrecido fianza “real y personal”.