10 jun. 2026

¿Puede alguien subsistir con 724.000 guaraníes mensuales en Paraguay?

Este monto – 724.762 de guaraníes para ser más exactos– es el subsidio mensual otorgado a cada destinatario de la pensión universal para los adultos mayores. Equivale a apenas el 25% del salario mínimo en el país y aun así se constituye en el único ingreso económico de muchos hogares. A pesar de ser una suma mínima –por no decir irrisoria– personas adultas mayores indígenas enfrentan barreras persistentes para acceder al cobro, según denuncias de los afectados y de la organización Tierraviva.

La pensión universal para personas adultas mayores fue establecida por Ley N° 7.322/2024 y está a cargo del Ministerio de Desarrollo Social. La propia Constitución Nacional estipula los derechos de protección social, de los pueblos indígenas y de las personas adultas mayores. Además, el Estado paraguayo es signatario de instrumentos jurídicos internacionales referentes.

Las personas indígenas pueden acceder a la pensión a partir de los 55 años. El Ministerio debe coordinar acciones con el Instituto Paraguayo del Indígena (INDI) para la identificación de los destinatarios. En este punto ya se registra el primer inconveniente, no porque sea incorrecta la acción de coordinación interinstitucional, sino porque es insuficiente. Dada su naturaleza, la mencionada pensión, en su faceta dirigida a personas indígenas debe formar parte de una política pública intercultural para que realmente sea efectiva. Esto implica transformar la gestión del Estado para adaptarla a las necesidades específicas de los pueblos indígenas y eliminar las barreras de acceso.

Uno de estos obstáculos constituye la distancia entre las comunidades indígenas y los puntos de cobro porque las personas destinatarias solamente pueden cobrar desde cajeros automáticos. En Asunción y otras ciudades, esto no representa mayor problema, pero resulta que la mitad de la población indígena en Paraguay vive en el Chaco. Considerando que este es un territorio con caminos de tierra, prácticamente sin medios de transporte público, con escasísimo movimiento bancario y con desafíos climáticos de todo tipo, esta medida resulta absurda.

Las personas destinatarias, ya con limitaciones económicas y propias de la edad, deben viajar decenas de kilómetros, primero desde su comunidad hasta llegar a una ruta asfaltada donde, con suerte, pueden abordar alguno de los buses que pasan una o dos veces al día y trasladarse hasta un centro urbano con cajeros automáticos, pero la situación todavía puede volverse más descabellada porque cuando por fin llegan a destino resulta que no pueden cobrar porque están bloqueados en el sistema debido a la “falta de movimiento bancario”. Y esta inactividad fue generada precisamente por las dificultades de acceso. Quienes son víctimas de esta medida –aplicada de forma automática– quedan sin ingresos y sin canales claros para reclamar. Incluso, si logran reingresar al sistema, no se les reconocen los pagos retroactivos del periodo en que estuvieron bloqueados.

Estos hechos evidencian la ausencia de un enfoque intercultural de las políticas públicas que si bien ha sido formalmente incorporado en discursos y programas institucionales, su implementación práctica continúa limitada. Para efectivizar políticas públicas interculturales no basta con colocar cestos artesanales o incluir danzas ancestrales en un acto oficial. Se precisa, además, la participación permanente de los pueblos indígenas para el diseño y la implementación de políticas públicas racionales y pertinentes.

Doctora en Procesos Políticos Contemporáneos por la Universidad de Salamanca (España)
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