La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenó el lunes al Estado paraguayo por la destitución de los ex ministros de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) Bonifacio Ríos Ávalos y Carlos Fernández Gadea, en 2003.
El procurador general de la República, Juan Rafael Caballero González, se refirió al fallo en una comunicación con radio Monumental 1080 AM y cuestionó algunos aspectos de la sentencia.
Reconoció que en la destitución de los ex ministros Ríos y Fernández hubo “desprolijidades”, pero consideró “que no fueron determinantes” para recibir una condena internacional.
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“Incluso, en un momento dado, la Corte (IDH) dice que no se respetó el derecho a recusar y en otra parte dice que tiene que haber una presunción de legitimidad. Es decir, hay ciertas contradicciones”, afirmó.
La CIDH dispuso el pago de USD 605.000 para Ríos Ávalos y USD 295.000 para los herederos de Fernández Gadea, a ser abonados en el plazo de un año. Todo como indemnizaciones para los citados ex magistrados.
Se estableció además que en un plazo de seis meses, se deberá publicar el resumen oficial del fallo en el diario oficial, y la sentencia íntegra debe estar disponible en los sitios webs del Poder Legislativo y del Judicial.
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Además, se deberán regularizar las jubilaciones de ambos ex ministros desde el momento de su destitución en 2003 hasta la fecha, con todas las prestaciones salariares y beneficios jubilatorios.
El Estado paraguayo ya recibió siete sentencias en demandas anteriores. El procurador citó los fallos de los casos del incendio del Panchito López y las comunidades indígenas Yakye Axa, Sawhoyamaxa y Xákmok Kásek y dijo que en esos casos sí corresponden las indemnizaciones.
“En todos esos casos; de Panchito y temas indígenas, Paraguay sí debe cumplir, porque es un tema de la gente. Este es un tema de autoridad pública”, cuestionó sobre las disposiciones de pagos.
No obstante, al principio acotó que el Estado no interpondrá ningún recurso ante el fallo de la Corte IDH.