Basilio Núñez, diputado de la bancada cartista, adelantó que este martes presentará en mesa de entrada la iniciativa que modifica y amplía de manera transitoria el artículo 4 de la Ley 4758/2012 “Que crea el fondo de inversión pública y desarrollo Fonacide y el Fondo para la Excelencia de la Educación y se establecen medidas presupuestarias y administrativas”.
En el artículo 4 se establece la distribución de los recursos destinados a los gobiernos departamentales y municipales de parte de los denominados royalties y compensaciones en razón del territorio inundado.
Actualmente, se establece que por lo menos el 50% de los ingresos percibidos por las gobernaciones y municipalidades deberán destinarse al financiamiento de proyectos de infraestructura en educación, consistentes en construcción, remodelación, mantenimiento y equipamiento de centros educativos; y el 30% del total percibido en este concepto al financiamiento de proyectos de almuerzo escolar.
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Con la modificación se establece que hasta el 50% de los ingresos percibidos por las gobernaciones y municipalidades se destinarán a la compra de alimentos o kits de víveres para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 5210/14 de Alimentación Escolar y Control Sanitario.
Asimismo, como mínimo el 50% se enviará para el financiamiento de proyectos de infraestructura en educación, consistente en construcción, remodelación, mantenimiento y equipamiento de centros educativos.
El documento también establece las modalidades del servicio de alimentación escolar que podrán ser mediante alimentos preparados en las escuelas, alimentos ofrecidos por servicio de plato servido y/o la entrega de víveres a los alumnos, ya sea en el local escolar como en el domicilio familiar de los alumnos.
La normativa aclara que la provisión de la alimentación a los alumnos en las diversas modalidades se realizará sin más trámites, no pudiendo ser restringido ni estar supeditado al cumplimiento de factores pedagógicos como rendimiento escolar, ausentismo u otros del sistema escolar.
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Además, autoriza a los gobiernos departamentales y municipales la adquisición de kits de alimentos y víveres, mediante un procedimiento de compra directa simplificada con criterios de eficiencia y transparencia, mediante la contratación por vía de la excepción prevista en la Ley de 2051/2003 de Contratación Públicas, debiendo ser esta adquisición exclusivamente de proveedores locales y productos de industria nacional.
Se considerará proveedor local a los efectos del presente artículo a aquel cuyo establecimiento comercial o industrial se encuentre en el territorio departamental. De promulgarse en ley, la modificación tendrá vigencia solo por este presente año.
La semana pasada los diputados aprobaron un proyecto que delega tareas del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), de apoyo escolar a otras instituciones del Estado, debido a la crisis educativa que atraviesa el país ante la pandemia del Covid-19 y el cierre de escuelas desde el 11 de marzo.