El Poder Ejecutivo promulgó el día de ayer la ley que modifica el Código de Organización Judicial y amplía de dos a cuatro las salas del Tribunal de Cuentas, que estará integrada por tres miembros cada una y mantendrá competencia exclusiva en los juicios contencioso-administrativos, conforme a la legislación vigente, con el fin de descongestionar el sistema judicial.
En principio, esta ley fue aprobada por la Cámara de Diputados el pasado 15 de julio y el Senado introdujo algunos cambios, alterando el hecho de que con la normativa se pueda “puentear” a la Contraloría General de la República (CGR), lo que originó quejas del propio titular del ente contralor. Lo que se sospechó en principio fue que intendentes y administradores públicos puedan eludir el control mediante algunas acciones de inconstitucionalidad y envíen sus rendiciones al Tribunal de Cuentas.
No obstante, al volver el documento a Diputados, este cambio fue rechazado casi por unanimidad.
El texto promulgado por el Poder Ejecutivo y dado a conocer mediante la Gacetilla Oficial, faculta además a la Corte Suprema de Justicia a reglamentar la aplicación de la norma.
Se aplicará conforme a la disponibilidad presupuestaria establecida en el Presupuesto General de la Nación.
“El Tribunal de Cuentas estará integrada por cuatro salas, integradas por tres miembros cada una. Tendrán competencia únicamente en los juicios contenciosos administrativos”, expresa el artículo 2 de la nueva ley.