Según la publicación, el planteamiento se dio durante las discusiones en la última reunión de negociación climática en Bonn, Alemania, celebrada entre el 16 y el 26 de junio.
Asimismo, detalla que la propuesta busca incidir en las negociaciones sobre género y cambio climático, considerando que el tema ha cobrado relevancia en la agenda de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) .
El informe de los debates indica que Argentina argumenta que el término “género” debe interpretarse de conformidad con el artículo 7.3 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, que limita la definición a ambos sexos.
“Paraguay, por su parte, ha adoptado una postura similar, afirmando que la interpretación del término debe basarse en el artículo 48 de su Constitución, que también se limita a los géneros masculino y femenino. Esta postura contrasta con la creciente inclusión de las cuestiones de género en las discusiones sobre el clima, que comenzó en la COP29 en Bakú , Azerbaiyán, donde países como Arabia Saudita y Egipto intentaron bloquear el progreso de las conversaciones”, señala la publicación.