15 jul 2026

Pago de aguinaldo: Ministerio de Trabajo llevará a la Justicia a firmas que impidieron ser fiscalizadas

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess) informó que llevará ante la Justicia a empresas que obstruyeron la inspección de las denuncias por falta de pago del aguinaldo. La entidad estatal recibió 286 denuncias contra 201 entidades por esta irregularidad.

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Varias denuncias por impago de aguinaldo se realizaron a través del Whatsapp.

Foto ilustración.

El Ministerio del Trabajo anunció que solicitará ordenes de allanamientos para ingresar a empresas que se negaron a ser inspeccionadas por incumplimiento del pago de aguinaldo a sus trabajadores.

Esto se realiza en el marco de un proceso de fiscalización de los establecimientos que no acudieron a la conciliación para ponerse al día con sus empleados.

La entidad estatal recibió 286 denuncias contra 201 empresas que no pagaron este beneficio a sus funcionarios.

Nota relacionada: Falta de pago de aguinaldo se puede denunciar a través de WhatsApp

A través de un comunicado, señalan que el artículo 18 de la ley que crea el Ministerio del Trabajo autoriza a la Secretaría de Estado a recurrir a un juez competente para obtener una orden de allanamiento de los establecimientos y de instituciones y entidades públicas y privadas, en caso de oposición a que sean inspeccionados.

Los procedimientos de inspección abarcaron a empresas de la construcción, de transporte y de servicios de limpieza, las cuales figuran entre los sectores con mayor cantidad de denuncias por incumplimiento del pago del aguinaldo, junto con el rubro de comercio y de seguridad, indicaron desde la cartera laboral.

Del total de denuncias recibidas, 207 son nominales y 79 anónimas. En cuanto al medio que utilizaron los trabajadores para hacer saber la vulneración de su derecho a percibir el aguinaldo, 160 lo hicieron de manera presencial, 72 a través del servicio de mensajería de WhatsApp, 53 vía online y 1 mediante llamada telefónica.

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Los más afectados son hombres, con más del 60% de casos, en comparación con las mujeres, vulneradas en un 40%.

El artículo 243 del Código Laboral menciona claramente que el pago del aguinaldo es obligatorio y debe abonarse ante antes del 31 de diciembre de cada año.

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Si transcurre ese plazo, los empleadores se exponen a sanciones que van desde 10 a 30 jornales mínimos por cada trabajador afectado, según recuerda la cartera del Estado.

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