Luego de que este viernes el Gobierno haya decretado la restricción total de tránsito de personas y vehículos, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social puso a disposición el formato de constancia que precisarán los trabajadores exceptuados a la medida que busca frenar el contagio del Covid-19.
Los empleadores deben proporcionar la constancia de trabajo a sus empleados, a fin de evitar contratiempos durante los controles que realizará el Ministerio de Interior, a través de la Policía Nacional y las fuerzas militares, hasta el 12 de abril.
El formulario puede ser descargado en el siguiente enlace: https://t.co/a1hGbwGvgr. Allí constan los datos del empleado, la empresa a la cual pertenece, el horario de trabajo y el itinerario del trabajador.
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La constancia debe ser presentada ante la autoridad competente para justificar la circulación, ya que el incumplimiento de las medidas establecidas en el Decreto 3512 contemplan sanciones conforme al Código Sanitario, la Ley 716/96 “Que sanciona delitos contra el Medio Ambiente”, el Código Penal vigente y demás leyes aplicables.
Durante la vigencia del decreto, solo se podrá salir para adquirir alimentos, medicamentos y artículos de limpieza. No se debe incluir a menores de 18 ni a mayores de 60 años en la medida, salvo aquellas personas que ejerzan servicios médicos de urgencia o algún otro servicio imprescindible para la comunidad.
Están exceptuadas a la disposición autoridades nacionales, departamentales, municipales, diplomáticas y representantes de organismos internacionales, cuyas funciones son consideradas impostergables.
Asimismo, pueden circular aquellos que prestan servicios públicos y privados, como también servicios de mantenimiento preventivo y de urgencia relacionados con equipos médicos y hospitalarios.
Entre las excepciones también aparecen personal de salud, fuerzas militares y policiales, y personas que deban asistir a otras con discapacidad, a niños y a adultos mayores.
Los trabajadores de medios de comunicación también podrán circular con la constancia de la función y horario de la cobertura en cuestión.
Supermercados, despensas, farmacias y la cadena logística para provisión de alimentos continúan dentro de la excepción a la medida, como aquellos servicios de veterinaria para casos de urgencia.
Personal de mantenimiento de servicios básicos −agua, electricidad y comunicaciones− y aquellos trabajadores vinculados a la recolección, transporte y tratamiento de residuos también podrán circular.
La lista además incluye a servicios funerarios y personas afectadas a las obras públicas en general.
Servicios de delivery de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad básica podrán transitar de 5.00 a 23.00, salvo las farmacias que atienden las 24 horas. La entrega a domicilio de bebidas alcohólicas está prohibida.
Las estaciones de servicio y distribuidores de garrafas de gas solo podrán funcionar de 5.00 a 23.00.
Servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema bancario y financiero, continuarán normalmente.
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Por último, el listado de excepciones menciona a las cadenas logísticas, como puertos, buques fluviales, líneas marítimas, transporte terrestre de carga y servicios aduaneros de carga y descarga de mercadería.
El Ministerio de Salud informó este viernes que los casos confirmados de coronavirus en Paraguay aumentaron a 96, en tanto que la cantidad de pacientes recuperados del virus asciende a 12 personas. La cifra de fallecidos se mantiene en tres.
La mayoría de los casos, hasta el momento, se registran en el Departamento Central y la capital del país. No obstante, también se registran pacientes en Alto Paraná, Cordillera, Caaguazú, Misiones y Boquerón.
En medio del aumento de casos de coronavirus y la circulación comunitaria del virus, las autoridades instan a la ciudadanía a cumplir con las medidas impuestas por el Gobierno.