El proyecto de ley establece la obligatoriedad para todas las empresas de transporte público terrestre de pasajeros de implementar sistemas tecnológicos que informen en tiempo real sobre el recorrido, frecuencia y ubicación de sus unidades.
La iniciativa estipula que la tecnología será de aplicación obligatoria para todos los prestadores de servicios de transporte público de pasajeros en todo el territorio nacional, sin distinción de la modalidad de servicio que ofrezcan.
El proyecto fue presentado por los diputados de la bancada C del PLRA, Diosnel Aguilera, María Constancia Benítez, Adrián Billy Vaesken y Arnaldo Valdéz.
Una de las características centrales de la propuesta es que los sistemas de información deberán ser completamente gratuitos para los usuarios. Las empresas tendrán la obligación de habilitar al menos un canal digital de información pública, mediante aplicaciones de mensajería instantánea, plataformas móviles u otros medios tecnológicos de fácil acceso.
Los canales habilitados deberán estar disponibles sin necesidad de registro complejo y permitir una actualización constante y directa de la información sobre la ubicación y frecuencia de las unidades de transporte.
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El proyecto establece que la Dirección Nacional de Transporte (Dinatrán), será la entidad responsable de supervisar el cumplimiento de la ley. Todos los canales habilitados por las empresas deberán ser registrados ante esta institución, que tendrá la obligación de verificar su funcionalidad y mantener publicada en su sitio web una lista actualizada de los canales oficiales de cada empresa de transporte.
Asimismo, el Poder Ejecutivo, a través de la Dinatrán, tendrá un plazo de 90 días desde la promulgación para reglamentar la ley, estableciendo los criterios técnicos mínimos, la frecuencia de actualización, los mecanismos de fiscalización y el régimen de sanciones en caso de incumplimiento.
Las sanciones podrán incluir apercibimientos, multas, suspensión temporal o cancelación de habilitaciones, según la gravedad de la infracción.
En caso de aprobarse en ambas cámaras del Congreso Nacional y lograr su promulgación en el Poder Ejecutivo, la ley entrará en vigencia a los 180 días del último paso, otorgando un período de seis meses para que las empresas de transporte puedan adaptar sus sistemas y cumplir con los nuevos requisitos tecnológicos.
En la exposición de motivos, los diputados que impulsan esta iniciativa señalan que la implementación de estos sistemas tecnológicos garantizará mayor previsibilidad, seguridad y comodidad a los usuarios del transporte público. “La medida busca modernizar un sector que ha enfrentado críticas por la falta de información oportuna sobre los horarios y recorridos de las unidades”, sostienen.