12 may. 2024

“Las manifestaciones no están prohibidas y no pueden penalizarse”

El proyecto de ley del senador colorado Enrique Riera, y otros, es cuestionado por el abogado Jorge Rolón Luna, quien señala que es completamente inconstitucional y tiene varios defectos.

El abogado y catedrático Jorge Rolón Luna, autor de varios libros en materia legal y constitucional, manifestó su postura contraria al proyecto de ley presentado por el senador colorado Enrique Riera, en conjunto con sus colegas del Partido Colorado, del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), de Patria Querida y de Hagamos, que pretenden establecer condenas de hasta seis años a las manifestaciones que bloqueen rutas, calles y hasta callejones.

La propuesta surgió luego de la ola de protestas del gremio de camioneros por la suba de combustibles, pero fue duramente cuestionada por diversos sectores de la sociedad civil, aunque aplaudida por los gremios empresariales.

“Se puede escribir un libro sobre los problemas y defectos del proyecto Riera. Pero, brevemente, el derecho a la protesta, contenido en el derecho a la reunión y manifestación, es además un derecho que se conecta con otros derechos, como el de peticionar a las autoridades y el de la libertad de expresión y permite o viabiliza, aparte de estos, otros derechos (salud, educación, vivienda, ambiente saludable, trabajo digno, etc.)”, dijo.

Agrega que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y las Naciones Unidas han dejado sentado que si no existe un robusto derecho a la manifestación, otros derechos además están en peligro.

Problemas del proyecto. Rolón Luna señala que el proyecto de ley presentado por el grupo de senadores cuenta con varios defectos de fondo y de forma, por colisionar con derechos fundamentales de la Constitución Nacional y convenciones internacionales.

“En primer lugar, el proyecto de ley Riera es inconstitucional. El artículo 32 de la Constitución Nacional dice que las manifestaciones en lugares de transito público, están permitidas y que solo serán reglamentadas”, señala.

Agrega que si las manifestaciones no están prohibidas, no se las puede penalizar y mucho menos como crimen (hecho punible grave).

“En segundo lugar, el proyecto muestra pobreza en materia de técnica legislativa, de dosimetría penal (la pena es desproporcionada) y redacción defectuosa. Borra de un plumazo la posibilidad de usar las calles (y hasta los callejones, sic) para manifestarse o para eventos religiosos, fiestas y festejos populares, eventos culturales, fiestas patrias, marchas, desfiles, conciertos, etc., por simplemente demorar (sic) el tránsito, e introduce un hecho punible contra la libertad (de circulación) en un capítulo y artículo que penaliza conductas contra la “seguridad en el tránsito”, cuestiona el abogado.

Rolón Luna cuestionó duramente la línea de propuestas legislativas de Enrique Riera, quien también fue autor de la raudamente promulgada Ley Zavala-Riera, que aumentó las penas hasta 10 años, convirtiendo así en crimen al delito de invasión de propiedad privada, herramienta utilizada por campesinos e indígenas para reivindicar tierras adquiridas ilegalmente por terceros, o que forman parte de un derecho superior, como el de las tierras ancestrales.

“Es un derecho penal autoritario, un ejemplo de legislación de corte estalinista y pésimamente redactado”, manifestó respecto al último proyecto de ley presentado.

El documento dice que el que cerrare, obstruyere o demorase de cualquier manera la libre circulación de personas y bienes por las rutas nacionales o internacionales, o cualquier otra vía pública de tránsito (calles, callejones o caminos vecinales) dentro del territorio nacional, será castigado con una pena de privación de libertad de hasta seis años.

El abogado y catedrático Jorge Rolón Luna, autor de varios libros en materia legal y constitucional, manifestó su postura contraria al proyecto de ley presentado por el senador colorado Enrique Riera, en conjunto con sus colegas del Partido Colorado, del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), de Patria Querida y de Hagamos, que pretenden establecer condenas de hasta seis años a las manifestaciones que bloqueen rutas, calles y hasta callejones.

La propuesta surgió luego de la ola de protestas del gremio de camioneros por la suba de combustibles, pero fue duramente cuestionada por diversos sectores de la sociedad civil, aunque aplaudida por los gremios empresariales.

“Se puede escribir un libro sobre los problemas y defectos del proyecto Riera. Pero, brevemente, el derecho a la protesta, contenido en el derecho a la reunión y manifestación, es además un derecho que se conecta con otros derechos, como el de peticionar a las autoridades y el de la libertad de expresión y permite o viabiliza, aparte de estos, otros derechos (salud, educación, vivienda, ambiente saludable, trabajo digno, etc.)”, dijo.

Agrega que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y las Naciones Unidas han dejado sentado que si no existe un robusto derecho a la manifestación, otros derechos además están en peligro.

Problemas del proyecto. Rolón Luna señala que el proyecto de ley presentado por el grupo de senadores cuenta con varios defectos de fondo y de forma, por colisionar con derechos fundamentales de la Constitución Nacional y convenciones internacionales.

“En primer lugar, el proyecto de ley Riera es inconstitucional. El artículo 32 de la Constitución Nacional dice que las manifestaciones en lugares de transito público, están permitidas y que solo serán reglamentadas”, señala.

Agrega que si las manifestaciones no están prohibidas, no se las puede penalizar y mucho menos como crimen (hecho punible grave).

“En segundo lugar, el proyecto muestra pobreza en materia de técnica legislativa, de dosimetría penal (la pena es desproporcionada) y redacción defectuosa. Borra de un plumazo la posibilidad de usar las calles (y hasta los callejones, sic) para manifestarse o para eventos religiosos, fiestas y festejos populares, eventos culturales, fiestas patrias, marchas, desfiles, conciertos, etc., por simplemente demorar (sic) el tránsito, e introduce un hecho punible contra la libertad (de circulación) en un capítulo y artículo que penaliza conductas contra la “seguridad en el tránsito”, cuestiona el abogado.

Rolón Luna cuestionó duramente la línea de propuestas legislativas de Enrique Riera, quien también fue autor de la raudamente promulgada Ley Zavala-Riera, que aumentó las penas hasta 10 años, convirtiendo así en crimen al delito de invasión de propiedad privada, herramienta utilizada por campesinos e indígenas para reivindicar tierras adquiridas ilegalmente por terceros, o que forman parte de un derecho superior, como el de las tierras ancestrales.

“Es un derecho penal autoritario, un ejemplo de legislación de corte estalinista y pésimamente redactado”, manifestó respecto al último proyecto de ley presentado.

El documento dice que el que cerrare, obstruyere o demorase de cualquier manera la libre circulación de personas y bienes por las rutas nacionales o internacionales, o cualquier otra vía pública de tránsito (calles, callejones o caminos vecinales) dentro del territorio nacional, será castigado con una pena de privación de libertad de hasta seis años.

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