24 mar. 2026

Las ACE contra las comunidades educativas

La ley que creó las Asociaciones de Cooperación Escolar (ACE) fue presentada al Congreso por el gobierno del presidente Lugo, sancionada en el año 2012 y promulgada el 2013.

Quedó prácticamente dormida durante diez años, hasta que recientemente este ministro y el Ministerio de Educación y Ciencias la han puesto en marcha.

El artículo 4 de la ley da solamente a las madres, padres o tutores de alumnos de las instituciones educativas el derecho de ser socios de las ACE.

Al definir las funciones y responsabilidades de los miembros de las ACE, en el artículo 7, el inciso h obliga a los padres de alumnos a colaborar contribuyendo a la economía de la institución educativa. Esto significa que la educación de los alumnos en las instituciones educativas del Estado ya no es gratuita, violando así el artículo 76 de la Constitución Nacional, el artículo 32 de la Ley General y la Ley 4088.

Por otra parte, las autoridades educativas y el MEC, al crear las ACE y seguir manteniendo eliminadas las Comunidades Educativas institucionalizadas, se ratifican en la violación del artículo 76 de la Constitución Nacional y de seis artículos de la Ley General de Educación (7, 11, 12, 19, 20 y 22).

La diferencia entre las ACE impuestas y las Comunidades Educativas violadas es abismal:

1) Las ACE no tienen respaldo ni en la Constitución ni en la Ley General de Educación y violan la gratuidad de la educación. Mientras que las comunidades educativas son obligatorias para el artículo 76 de la Constitución y los 6 artículos citados de la ley General de Educación.

2) Las ACE son solamente asociación, y las comunidades educativas son común-unidad, lo que supone una integración de sus miembros muy superior a la simple asociación.

3) Las ACE integran únicamente a los padres, las comunidades educativas están integradas por los alumnos, sus padres o tutores, profesores, directivos, egresados de la institución y administradores.

4) Las ACE son creadas, como he dicho anteriormente, para colaborar con la economía de la institución y alguna otra función de escaso interés para sus socios porque sus servicios es exclusivamente únicamente a la institución educativa. Las comunidades educativas tienen además atribuciones para colaborar participando activamente en la organización del sistema educativo junto al Estado, participan también en el proceso de definición de las políticas de educación del Estado. Tiene derecho además a recibir periódicamente información sobre el estado de la educación de parte del Ministerio de Educación y Ciencias, colaboran también con las gobernaciones y los municipios en la tarea de buscar la calidad de la educación. Y dentro de la institución educativa participan en el proceso de definición del proyecto educativo institucional, de acuerdo con los derechos que la Constitución y la Ley General le reconocen no solo a los padres de los alumnos, sino a todos los miembros citados que integran la comunidad educativa: alumnos, padres, profesores, directivos, egresados y administradores. Solamente el análisis de estos datos que se desprenden del artículo de la Constitución y de los artículos de la Ley General de Educación, que demuestran la diferencia extraordinaria que hay entre las ACE y las comunidades educativas.

El Ministerio de Educación y Ciencias y las máximas autoridades educativas al imponer las ACE y mantener eliminadas las comunidades educativas no solo violan la Constitución Nacional y la Ley General de Educación, sino que violan derechos fundamentales de los padres, tutores, alumnos, profesores, directivos, de los egresados y de los administradores de todas y cada una de las instituciones educativas del país.

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