El director de Procesos Electorales del Tribunal Superior de Justicial Electoral (TJSE), Carlos María Ljubetic, explicó que el plazo cumplido este lunes para el reconocimiento de los movimientos internos por parte del TSJE responde a una cuestión meramente administrativa establecida por la ley.
Según detalló, los movimientos internos deben inscribirse primero en cada partido político, donde el tribunal electoral partidario verifica el cumplimiento de los estatutos y les reconoce formalmente como tales. Esa resolución es comunicada a la Justicia Electoral, que reconoce también los movimientos.
Este reconocimiento es clave porque habilita a los movimientos a gestionar su RUC y abrir una cuenta bancaria, requisito indispensable para registrar ingresos y gastos de campaña bajo el sistema de control del financiamiento político.
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De acuerdo con la notificación del partido, la Justicia Electoral emite una resolución que permite a los movimientos operar financieramente de manera formal, recibiendo fondos y realizando gastos exclusivamente a través de una cuenta corriente.
Ljubetic recordó además que todas las candidaturas tanto de alianzas como de partidos y movimientos deben estar inscriptas hasta el 2 de marzo, fecha en la que ya deberán contar con el reconocimiento del Tribunal Electoral Partidario y la notificación correspondiente a la Justicia Electoral.