La misma comentó que la máxima instancia judicial decidió dar caducidad a un pedido de nulidad autónoma ante una acción de inconstitucionalidad presentada por 129 trabajadores navales y marinos. Estos habían solicitado hace unos años que se declaren inconstitucionales dos artículos de la Carta Orgánica de la previsional, que establecen metodologías para la jubilación.
“Los artículos establecen que ninguna jubilación ni pensión podrá ser otorgada por más de diez salarios mínimos vigentes. Ciertamente y de manera habitual, el aporte que hacen algunos está por encima de eso. Los navegantes buscaron que quienes habían ganado, por ejemplo, G. 50 millones, la jubilación se estableciera por ese monto, lo cual genera un gran problema para los fondos del IPS”, explicó.
La funcionaria recordó que existen varios sistemas de seguro social. Uno de ellos es, según manifestó, el de capitalización individual, con lo que si un activo aporta por cierto monto, se jubila por esa misma cantidad.
Otra metodología es por reparto, llamada también de solidaridad intergeneracional, que se basa en que todos los activos de hoy son tomados para la jubilación de quienes ya están pasivos. En tanto que un tercer sistema (y que corresponde al IPS) es la capitalización colectiva con beneficios definidos, que es un fondo de reserva.
“Esto último significa que todo lo que aporta cada uno ingresa a un fondo de reserva. Cuando deja de ser aportante, el fondo es de la masa y de ese fondo solidario se financian las prestaciones, que son las jubilaciones, las pensiones, los subsidios y otros beneficios”, destacó.
Con la acción de la Corte se pretende socavar el fondo de jubilaciones y pensiones, según Cubas, quien agregó que si se da trámite a lo solicitado por los 129 ex capitanes, se va a someter al fondo común a un desembolso de unos USD 100 millones, porque hay que pagarles la diferencia retroactiva de las jubilaciones percibidas y hasta que fallezcan, y continuar abonando a sus derechohabientes hasta que fallezcan.