Finalmente, ya en horas de la tarde, el juez de Garantías, Miguel Palacios, dictó resolución en la audiencia preliminar que se realizó esta mañana en las tres causas de la firma Mocipar SA. Admitió el sobreseimiento definitivo del ex titular del Ministerio de Urbanismo Vivienda y Hábitat, Dany Durand, y otros coprocesados.
De esta manera, además del ex ministro Durand, también fueron sobreseídos definitivamente los procesados Luz Marina González de Durand, Favio Arturo Britos, Fernando Román Fernández, Diana Teresita Britos de Román y María Patricia Espínola Durand.
En la diligencia, los fiscales Hernán Galeano y Julio Ortiz se ratificaron en todos los términos del dictamen del fiscal adjunto Augusto Salas, quien ratificó el pedido de sobreseimiento definitivo, luego de que el juez le haya dado el trámite de oposición.
Por su parte, el abogado Julio Ferreira, en representación de los procesados Dany Durand, Luz Marina González de Durand y María Patricia Espínola de Durand, se allanó al pedido del fiscal adjunto.
Igualmente, el abogado Felipe Sánchez por la defensa de los encausados Diana Britos de Román, Favio Britos y Fernando Román Fernández, también se allanó íntegramente al pedido del Ministerio Público.
Después, el juez señaló que, al analizar los antecedentes, advierte que al inicio de la etapa investigativa existieron indicios sobre la participación de los procesados en el hecho punible investigado. Sin embargo, luego la Fiscalía pidió el sobreseimiento provisional para recolectar más elementos.
Sin embargo, tras la investigación realizada, la Fiscalía “alegó no haber podido incorporar nuevos elementos que ameritarían la continuidad del presente proceso y la imposibilidad de realizar nuevas diligencias, a fin de obtener nuevos elementos probatorios, solicitando el sobreseimiento definitivo”.
Con ello, el juez dio cumplimiento al artículo 358 del Código Procesal Penal y sobreseyó definitivamente a los procesados.
Defensa dice que “prevaleció la verdad”
En redes sociales, el abogado Óscar Tuma, defensor de Dany Durand, señaló que “hoy la verdad prevaleció: Tres jueces penales de garantías confirmaron que no hubo estafa, no hubo dolo, y que no correspondía abrir juicio penal alguno”.
Añadió que “luego de años de investigación, el propio Ministerio Público –a través del fiscal adjunto Augusto Salas y el equipo fiscal de Área 1– reconoció que no existe posibilidad de sostener una acusación y que los hechos denunciados corresponden a conflictos de tipo civil o comercial, no penal”.
“Se dispuso así el sobreseimiento definitivo de Dany Durand y otros, con base en el art. 359 del CPP, y se ordenó el archivo total e irrevocable del proceso, el levantamiento de medidas cautelares, y la restitución del buen nombre y honor de los procesados. Sin embargo, no todos los fiscales estuvieron a la altura de su función”, acotó.
Finalmente, en su cuenta de X, el profesional refirió que “mientras una parte del Ministerio Público actuó con seriedad y objetividad, otros fiscales
–presionados por medios de comunicación o guiados por intereses extralegales– impulsaron temerariamente la elevación a juicio oral de causas idénticas, con los mismos hechos y sin prueba nueva”.
🚨 JUSTICIA CONFIRMADA | SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO PARA DANY DURAND 🚨
— Oscar Tuma (@oscartuma) June 25, 2025
📅 25 de junio de 2025
✅ Hoy la verdad prevaleció: tres jueces penales de garantías confirmaron que no hubo estafa, no hubo dolo, y que no correspondía abrir juicio penal alguno.
🔍 Luego de años de… pic.twitter.com/7nwFIJaDE7
“Esto no solo quebranta el principio de unidad de criterio institucional (art. 52 de la Ley 1562/2000), sino que evidencia una falta de compromiso con la verdad y con el debido proceso. La función del fiscal no es complacer titulares ni castigar por apariencia. Su deber es buscar la verdad objetiva, sin miedo, sin cálculo político, y sin renunciar a la legalidad”, aseguró.
“La Justicia no se construye con prejuicio, escarnio público o persecución. Se construye con pruebas, derecho y coraje institucional”, concluyó.