19 abr. 2026

El juicio oral a Payo Cubas debe realizarse en Asunción

El tribunal de apelación penal dispuso que el juicio oral al ex candidato presidencial Paraguayo Payo Cubas se haga en Asunción, no en el Alto Paraná, como habían resuelto los jueces en el caso de las protestas frente al Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).

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En Asunción. El tribunal de apelación dice que el juicio oral del ex candidato presidencial Paraguayo Cubas debe hacerse en la capital.

Foto: @Raulramirezpy.

Los camaristas Arnulfo Arias, María Belén Agüero y Arnaldo Fleitas revocaron la resolución del tribunal de sentencia integrado por los jueces Cándida Fleitas, Christian González y Héctor Capurro, que habían remitido el caso de Paraguayo Cubas para ser juzgado en el Alto Paraná.

El pasado 31 de marzo, el ex candidato a la presidencia de la República, Paraguayo Cubas, debía ser sometido a juzgamiento público por los supuestos delitos de perturbación de la paz pública y otros hechos punibles, pero los jueces se declararon sin competencia territorial para tener la causa.

Sostuvieron que los hechos ocurrieron en el Alto Paraná, por lo que remitieron el expediente a un tribunal de sentencia de Ciudad del Este, para que allí se realizara el juicio oral. Así, hicieron lugar a la excepción promovida por la defensora del encausado, Gessy Ruiz Díaz.

Sin embargo, esto fue apelado por los fiscales Jorge Arce y Francisco Cabrera, que pedían que el caso sea juzgado en Asunción, donde se inició la causa.

Dicen los camaristas que según el acta del citado 31 de marzo, la jueza Cándida Fleitas declaró formalmente abierta la audiencia de juicio oral. Citan luego el artículo 36 del Código Procesal Penal, que habla de la competencia territorial.

Lea más: Payo Cubas irá a juicio por protestas frente al TSJE contra supuesto fraude en elecciones

“De la lectura de la norma precedentemente transcripta se desprende con total claridad que, una vez declarada la apertura del juicio oral, queda definitivamente precluida la posibilidad de controvertir la competencia territorial del tribunal de sentencia, tanto por parte de los sujetos procesales como por el propio órgano jurisdiccional”, refieren.

“En consecuencia, la resolución que hace lugar a la excepción de incompetencia territorial opuesta por la defensa resulta jurídicamente improcedente, por haber sido dictada en una etapa procesal en la que dicha cuestión ya no podía ser válidamente introducida ni resuelta conforme al ordenamiento procesal vigente”, argumentan.

De esta manera, los camaristas votan por revocar la resolución, y que los jueces Cándida Fleitas, Christian González y Héctor Capurro sean los que hagan el juicio oral.

Paraguayo Payo Cubas está acusado por los supuestos hechos de perturbación de la paz pública, resistencia, amenaza de hechos punibles, coacción a órganos constitucionales y tentativa de impedimento de elecciones.

Tras las elecciones generales del 23 de abril del 2023, el entonces ex candidato presidencial denunció fraude electoral en dichos comicios. Las protestas duraron por varios días y derivaron en la detención de Payo, quien posteriormente fue beneficiado con arresto domiciliario, después de haber estado en prisión por un tiempo en la Agrupación Especializada de la Policía Nacional.

El Tribunal Superior de Justicia Electoral había presentado una denuncia penal ante el Ministerio Público tras los disturbios y hechos vandálicos durante las manifestaciones que duraron aproximadamente dos semanas.

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