El relator especial para la Libertad de Expresión de la CIDH, Pedro Vaca, señaló esta tarde en la audiencia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) que “el Estado violó los derechos a la libertad de pensamiento y expresión, los principios de legalidad y no retroactividad, y las garantias judiciales”, en el caso de la demanda promovida contra el Estado por violaciones a la libertad de expresión a raíz de una condena judicial del 2001 en perjuicio del fallecido ex director del diario ABC Color, Aldo Zuccolillo, indica EFE.
“Las críticas realizadas por la víctima se referían a temas de interés público y por eso mismo el derecho penal no resultaba aplicable para proteger el honor de un senador”, declaró Vaca al recordar que las publicaciones denunciaban presuntos actos de corrupción en el Banco Nacional de Trabajadores.
También, señaló que los tipos penales que se le imputaron al periodista “eran demasiado amplios y vagos” y que la sanción impuesta “constituyó una restricción indebida a la libertad de expresión con efecto inhibidor en asuntos de interés público”.
Tras la audiencia de este martes, en la que también expusieron defensores las partes tendrán un mes para presentar sus alegatos finales por escrito a la CorteIDH, y a partir de entonces, el tribunal podrá emitir un fallo en los siguientes meses
Paraguay podría estar a un paso de ser nuevamente condenado en este aspecto y el Estado deberá absorber otra vez los costos del mal ejercicio de funciones de las autoridades.
Esta sería la 3ra sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CORTE IDH) contra Paraguay por violación al derecho a libertad de expresión. Las otras 2 fueron en el caso Ricardo Canese quien había sido querellado por Juan Carlos Wasmosy y en el caso Santiago Leguizamón, asesinado a manos del crimen organizado por su labor investigativa.
El caso. El caso ante la CorteIDH se refiere a la alegada responsabilidad internacional del Estado paraguayo por violaciones al derecho a la libertad de expresión, al principio de legalidad y a las garantías judiciales en perjuicio del periodista y exdirector de ABC Color Aldo Zuccolillo.
Los hechos denunciados se remontan al 24 de diciembre de 1998, cuando Juan Carlos Galaverna, entonces senador paraguayo, presentó una querella criminal contra Zuccolillo y el diario ABC Color por los delitos de calumnia, difamación e injuria, alegando que el medio había publicado al menos quince notas “manipuladoras, mentirosas, distorsionadas y tendenciosas” destinadas a desprestigiarlo y ridiculizarlo.
El 30 de abril de 2001, Zuccolillo fue condenado por los delitos de difamación, calumnia e injuria a la pena de 360 días multa; la sentencia fue apelada y el tribunal de apelación resolvió que únicamente se había configurado el delito de difamación y aumentó el monto de la multa.
El querellante interpuso un recurso de casación ante el cual, el 28 de diciembre de 2005 la Sala Penal de la Corte Suprema calificó de nuevo los hechos como constitutivos de tres delitos: difamación, calumnia e injuria y le impuso la pena adicional de pago de la “composición”.
En total la multa fue de unos 250.000 dólares, según indica la demanda contra el Estado presentada ante la CorteIDH por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).