Elías Cabral | Curuguaty
Según la denuncia realizada, esta vez por el colono Marcio Rodríguez Andrade, la magistrada habría violado el artículo 256 de la Constitución Nacional, que impone que las resoluciones judiciales deben estar fundadas, al haber modificado la calificación jurídica del hecho punible dejándolo en el más leve sin argumentar el motivo.
Los procesados son de Canindeyú y cuentan con varios antecedentes.
La jueza además dejó de admitir “ex profeso” la querella presentada, evitando de esa forma que la querella integre la relación procesal y pueda defender los derechos de la víctima, beneficiando con su actuación al imputado; aún cuando en otras causas la misma magistrada denunciada admite querellas sin dilación alguna.
Invocan además la parcialidad manifiesta de la magistrada hacia el imputado, al haberse expuesto hasta el punto de resolver rechazar su propia recusación.
La misma habría recibido fuertes presiones del propio superintendente de Justicia de la CSJ, lo que justificaría la violación sistemática y grosera de la ley.
Se estima que en breve se disponga la apertura del sumario correspondiente y la remoción de la jueza.