Argumentan que el plazo se suspendió por acciones de inconstitucionalidad, por recusaciones que se presentaron y por el Covid-19. Al final, los ministros disponen que se realice un nuevo juicio oral.
Así, dejan un precedente donde ya aplican lo que dice el proyecto de ley antichicanas sin que este siquiera sea estudiado por el Congreso, porque fue urgido hace unas semanas por la propia Corte.
Los ministros Manuel Ramírez Candia y Luis María Benítez Riera votaron por anular los dos fallos y hacer un nuevo juicio. La ministra Carolina Llanes, por declarar inadmisible el recurso.
En el caso, el fiscal Juan Ledesma planteó casación contra la resolución del 1 de agosto del 2022, del Tribunal de Apelación Penal, integrado por Arnulfo Arias, Arnaldo Fleitas y Emiliano Rolón, que ratificó la prescripción del caso, dictada por los jueces.
En el juicio, el 24 de febrero del 2022, los jueces María Luz Martínez, Víctor Alfieri y Elio Ovelar decretaron la prescripción de la acción penal.
En el caso, en un operativo encubierto hecho por los entonces fiscales, Arnaldo Giuzzio y Eduardo Cazenave, el 18 de abril del 2010, detuvieron al fiscal Gustavo Cáceres, porque supuestamente pidió G. 10 millones para solucionar un caso de reducción. También fueron procesados David Zárate y Gladys López.
PEDIDO. En la casación, el fiscal dijo que hubo mala medición de plazos, porque las acciones de inconstitucionalidad y recusaciones fueron circunstancias objetivamente insuperables que suspendieron.
El ministro Manuel Ramírez Candia, dijo que, con respecto al ex fiscal, el plazo de 5 años se suspendió por 3.091 días, por acciones de inconstitucionalidad y recusaciones, que fueron circunstancias objetivamente insuperables. A eso se suman 87 días por la pandemia; con lo que, en total, la prescripción de 5 años sería el 30 de setiembre del 2025.
Además, el doble del plazo de 10 años se cumplirá recién el 7 de mayo del 2031. Sobre Zárate y López, el plazo de 5 años se cumplirá el 1 de julio del 2031, y el de 10 años, el 3 de abril del 2031 (sic).
Con ello, votó por anular el fallo de apelación y del juicio, y el reenvío para otro juicio. Benítez Riera se adhirió al voto. Carolina Llanes votó por declarar inadmisible el recurso. Con este razonamiento, la Corte ya aplicó el proyecto de ley antichicana. Ahora, si esto dice la ley actual, para qué presentarían el proyecto.