13 mar. 2026

Corte confirma penas por masacre en el motín de cárcel de San Pedro

En el sangriento enfrentamiento entre los presos ocurrido en junio del 2019 hubo nada menos que 10 personas fallecidas. Fue una pelea entre reclusos miembros del PCC y los del clan Rotela.

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Masacre. Diez personas privadas de libertad fallecieron en el motín ocurrido en el penal de San Pedro, en junio del 2019.

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La Sala Penal de la Corte ratificó las penas de 40 y 35 años de cárcel para tres de los condenados por el motín de internos que se registró en la cárcel Regional de San Pedro, donde fallecieron diez presos, varios de ellos decapitados.

Fue a raíz del enfrentamiento entre grupos de reclusos del Primer Comando Capital (PCC) y el clan Rotela, donde fallecieron los diez reclusos, algunos calcinados, decapitados y otros como consecuencia de disparos de armas de fuego y heridos con armas blancas.

El fallo fue dictado de manera unánime por los ministros Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia y María Carolina Llanes, que declararon inadmisibles los recursos extraordinarios de casación promovidos por las defensas.

El que promovió la casación fue el defensor Público, José Guillermo Escandriolo, por la defensa de los condenados Roger Darío Delgado Molinas, Junior Rolando Báez y Jorge David Centurión, en contra del acuerdo y sentencia del 28 de marzo del 2023, dictado por el Tribunal de Apelación Penal de San Pedro.

Esta resolución de los camaristas había ratificado lo resuelto en el juicio oral, realizado el 21 de julio de 2023, por el Tribunal de Sentencia, integrado por los jueces Guido Marecos, Karina Von Tumpling y Agapito Núñez.

Estos habían condenado a los citados procesados por homicidio doloso agravado y motín de internos ocurrido el 16 de junio del 2019, en la citada Penitenciaría Regional de San Pedro de Ycuamandyyú.

En el fallo, Roger Darío Delgado Molinas y Junior Rolando Báez fueron condenados a 30 años de cárcel y 10 años de medidas de seguridad, mientras que Jorge David Centurión, fue condenado a 25 años de cárcel, más los 10 años de medidas de seguridad.

FALLECIDO. Con relación a Jorge David Centurión, el defensor público, José Guillermo Escandriolo, el 30 de octubre del 2023, comunicó a la Corte el fallecimiento del interno, por lo que agregó un certificado de defunción expedido por el médico forense Nicodemus Rodríguez.

El defensor solicitó la extinción de la acción penal, teniendo en cuenta su fallecimiento.

Esto fue concedido por la Sala Penal de la Corte, que dispuso la extinción de la acción penal con relación al citado recluso.

Con respecto a los demás coprocesados, el defensor público señaló en su recurso que la resolución dictada por los camaristas era arbitraria, pues las explicaciones dadas por los camaristas en ciertas partes, no se compadecen con la realidad, ya que se percibe que no responden a los puntos apelados.

Dice que la conducta del encausado no se adecuó a la conducta que este realizó y por lo que fue incorrectamente tipificada. Pide la nulidad del fallo. El ministro Luis María Benítez Riera fue el preopinante, quien señala que el escrito presentado por la defensa no cumple con los requisitos formales, por lo que debe ser declarado inadmisible. El defensor no dio cumplimiento al requisito por demás necesario. Dice que debe puntualizar las bases legales que sustenta, para seguidamente, concretarse los errores jurídicos de las resoluciones. Por su parte, el ministro Manuel Ramírez Candia señaló que el recurso de casación fue presentado en forma extemporánea, ya fuera del plazo que tenía para hacerlo.

Debía presentar el recurso el 14 de abril del 2023, pero lo hizo el 16 de abril, ya fuera del plazo. La ministra Carolina Llanes también entiende que fue de manera extemporánea. Al final, declaran inadmisible el recurso, con lo que quedan firmes las penas.

Juicio oral fue en la Agrupación El juicio oral por el motín se realizó en la Agrupación Especializada, ante los jueces Guido Marecos, Karina Von Tumpling y Agapito Núñez. Los fiscales Alicia Sapriza, Giovanni Grisetti y Alejandro Cardozo Pereira representaron al Ministerio Público. Entre las evidencias expuestas durante el juicio fueron presentadas vídeos inéditos, relacionados al caso que expusieron las filmaciones en las que los autores se grabaron mientras quemaban vivos a algunas de las víctimas. En el caso, fueron acusados Fredy González Delvalle, Óscar Villar Bobadilla, Vagner Alexandre Knorst, Leonardo López Carballo, Lorenzo Benítez Sosa, Junior Báez Garcete, Cristóbal Gamarra Martínez, Eligio García, Odair Mateus Cardozo, Celso Alvarenga, Blas Villalba Sosa, Edilson Silva Da Cruz, David Andi Izquierdo Ibacache, Jorge Centurión, Víctor Roa. Además, Armando Cáceres Cañete, Ronaldo Dos Santos, Roger Delgado Molina, Hugo Vera Benítez, Christian Mareco, Andrés Escurra Mancuello, Hugo Pizzurno, Nicolás Muñoz Ramírez y Arturo Ávalos.

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Sangriento. La tragedia fue el resultado del enfrentamiento entre grupos antagónicos.

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