La querella y la Fiscalía habían apelado la libertad ambulatoria del abogado Walter Ramón Acosta, tras un caso de agresión a una funcionaria del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) en Alto Paraná. Pero el Tribunal de Apelaciones confirmó las medidas alternativas a la prisión.
El 25 de abril un juez suspendió la prisión preventiva de Acosta y decretó un embargo preventivo por G. 200 millones. Para la representación de la afectada, dicha resolución “es ilegal, nula e inconstitucional por haber incurrido en total contradicción”. Alegó que no se aclaró si la mujer a nombre de la que se hizo el embargo “posee o no separación de bienes para disponer” de la finca ofrecida para la fianza, además que la misma dejó constancia ante un juez que es soltera, aun siendo casada desde el 2016 con Acosta.
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Asimismo, consideró que el sospechoso podría fugarse “con la sola excusa de ser perseguido político”.
Por su parte, la defensa sostuvo que la relación con la fiadora y su estado civil en la escritura pública no tienen relevancia jurídica para el caso. Sobre la rebeldía, afirmó que “no fue válida, ya que se basó en la falta de detención, no en una actitud reacia del imputado al proceso”.
Finalmente, el Tribunal de Apelación admitió los recursos de apelación, pero confirmó la libertad ambulatoria para Acosta. El hombre propinó una cachetada a una funcionaria del INTN en una estación de servicio, ubicada en Tavapy, Alto Paraná, hasta donde llegó la afectada para hacer controles.