Todo apunta a que el salario mínimo se reajustaría en alrededor G. 130.000, con lo que a partir del mes de julio los trabajadores pasarían a percibir un monto de G. 2.680.000 en ese concepto.
Cabe recordar que el Conasam está integrado por un representante del Estado, en este caso la directora de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess), por un representante de los trabajadores y uno de los empleadores.
Conforme a la Ley 5764, el Consejo debe sugerir el incremento del sueldo base y el Poder Ejecutivo es el encargado de emitir el decreto correspondiente para el reajuste. El análisis sobre el aumento del salario mínimo se realiza al mes de junio de cada año.
El monto de incremento se define con base en el informe del Banco Central del Paraguay (BCP) sobre el Índice de Precios al Consumidor (IPC), que indica que la inflación interanual hasta mayo de este año fue del 5,1%.
Sin embargo, las centrales obreras anunciaron que solicitarían un aumento salarial mayor para alcanzar la cifra de G. 3.200.000, por considerar que es lo mínimo para sustentar una vida digna para los trabajadores.
No obstante, tanto los representantes del Ejecutivo como los empresarios dijeron que apoyarán la propuesta de atenerse a la ley para dictaminar el porcentaje de incremento, es decir, que es poco probable que se logre el incremento que piden desde el sector obrero.
En cuanto al impacto de la variación, los datos oficiales refieren que indican que menos del 20% del total de asalariados, alrededor de 377.000 trabajadores, tanto del sector privado como público, percibirían el reajuste.