Pagarés cancelados hace más de 10 años, pero no retirados por los deudores, son ahora usados con fechas selladas para actualizarlos, con los que inician demandas civiles de cobro de guaraníes contra grupos de docentes en los juzgados de Paz.
El abogado Luis Alberto Sotelo Alvarenga accionó contra un grupo de 10 docentes para cobrar deudas ante el Juzgado de Paz del distrito de La Encarnación, a cargo de la magistrada Carmen Analía Cibils Minarro.
Una de las demandadas es M. G. J. N., quien en el año 2010 sacó un préstamo por la suma de G. 6.000.000, que fue abonado en 12 cuotas de G. 600.000, ya con los intereses.
El crédito fue cancelado en febrero del 2013, pero solo pudo retirar cinco pagarés, por lo que siete quedaron en poder del acreedor. Todos los documentos tenían números correlativos. Los pagos se realizaron vía descuentos del Ministerio de Educación y Cultura.
Sin embargo, ahora, a 10 años de haberse cancelado la deuda, aparecieron los siete pagarés, con los números correlativos, todos con sellos de vencimiento del 1 de diciembre del 2020.
La demanda por cobro de guaraníes en el Juzgado de Paz de La Encarnación contra M.G. J. N. es por la suma de G. 4.200.000, lo que le fue notificado, junto con los otros nueve docentes que también están en la misma situación, conforme señaló.
EMBARGO. Lo peor es que a raíz de la demanda, su salario de docente fue embargado. Ahora, a dos meses de los descuentos, fue notificada sobre la acción, para que oponga excepciones.
Ante esto, como la misma guardó los extractos, a través del abogado Néstor Franco Morel se presentó ante el Juzgado de Paz de La Encarnación y planteó la excepción de falsedad de título y cancelación de deuda.
Agregó los pagarés ya abonados con las firmas y las fechas de la emisión, a más de las planillas de los descuentos del Ministerio de Educación y Cultura que certifican que la deuda fue cancelada en el 2013, y que los sellos fueron en forma posterior.
Es más, la docente había quedado viuda en el 2014, por lo que cambió su firma en la cédula inclusive, pero los pagarés, supuestamente con vencimiento del 1 de diciembre del 2020, aún tienen la firma anterior de casada.
La denunciante explicó que en varios de los préstamos firmó pagarés en blanco, donde solo se requería su firma, pero esta operación era avalada por la confianza amistosa, y que estaba documentada en un pagaré de uso comercial.
La misma denunció el ejercicio abusivo del derecho y la tentativa de enriquecimiento sin causa. Sin embargo, hasta ahora su caso no se resuelve, ya que los otros nueve docentes demandados aún deben contestar la acción.
Jueza debe resolver caso del hermano del ministro Diesel
La jueza en lo Civil y Comercial, Liz Caballero, debe resolver el hábeas data planteado por J. A. V. C., contra la Compañía Administradora de Riesgos SA (Carsa), presidida por Óscar Enrique Diesel, hermano del presidente de la Corte, César Diesel.
Según el abogado Miguel Vargas Coluchi, que patrocina la garantía constitucional, teme que la magistrada rechace su pedido de corregir los datos, por esta situación, dado el cargo de titular del Poder Judicial del hermano.
En el caso, J. A. V. C., figura como deudor moroso en la firma Informaciones Confidenciales (Informconf), por tres pagarés que suman en total G. 248.599.999, dos de ellos del 2010 y el último del 2011.
Pese a que los pagarés nunca fueron reclamados por vía judicial, y prescribieron a los cuatro años, los datos de la deuda siguen apareciendo en la citada empresa de datos crediticios.
Según el abogado, lo que se pretende es cobrar la deuda vencida hace 8 y 9 años, con lo que no corresponde que sigan figurando como deudas morosas, conforme refirió.
Además, como no sabía de qué documentos se trataba, fue hasta la firma Carsa para ver cuáles eran, pero no se los quisieron mostrar, por lo que tuvo que plantear el hábeas data.
El abogado Fabrizio Arza Basualdo, en representación de Carsa, señala que no existen datos errados, ya que el accionante había recibido créditos en el año 2010 y 2011, y que había firmado la autorización para que los datos aparezcan en Informconf.
Cita la Ley 6534/20, que entró en vigencia 10 años después de firmarse los documentos de créditos.
Son varios los juicios de hábeas data contra la empresa Carsa, pero en todos los casos, fueron rechazados, aunque los pagarés no estaban vencidos.