10 mar. 2026

Con argumento, jueza refuta crítica a arresto en casa de imputado

30501906

Carina Ruiz Díaz, jueza.

Tras la publicación sobre una resolución judicial que otorgaba el arresto domiciliario a Gustavo Rojas, un imputado por un caso de homicidio doloso, por el crimen del abogado Cristóbal Duarte Benítez, quien fue asesinado de seis balazos el 23 de diciembre de 2022, en un camino vecinal de la localidad de Pirapó, Departamento de Itapúa, la jueza Penal de Garantías de María Auxiliadora, Carina Ruiz Díaz, explicó que el pedido resuelto responde a un mismo pedido de la Fiscalía.

También señala que la publicación cuenta con un tono malicioso hacia su persona, ya que no se dieron a conocer lo que realmente consta en los documentos del expediente.

Mediante un escrito, enviado por el abogado Rubén Paredes, apoderado de la jueza, se menciona que “en el caso puntual objeto de la publicación, se trata de un imputado que contaba con auto de rebeldía y orden de captura, encontrándose prófugo hasta que se presentó voluntariamente en sede fiscal a ponerse a disposición del Ministerio Público, por lo que el fiscal del caso, el abogado Enrique Fornerón, convocó a la Policía Nacional para hacer efectiva su detención, tomó declaración indagatoria al imputado y luego comunicó de ello al juzgado, presentando un requerimiento de imposición de la medida cautalar de arresto domiciliario, fundando su decisión en la ausencia de elementos objetivos para requerir la prisión preventiva, citando varias diligencias realizadas por el Ministerio Público que eran coincidentes con la declaración indagatoria del imputado”.

Según el acta de imputación, “ante las consideraciones expuestas, requerir o ratificar la prisión preventiva contra Gustavo Rojas, podría constituir lo que en doctrina se conoce como “abuso de la prisión”; por ende, entiende esta Fiscalía que una medida ajustada y coherente sería el arresto domiciliario, ya que Gustavo Rojas seguirá siendo investigado en autos”.

Más contenido de esta sección
Un hombre exige al Ministerio Público que impute también a la jueza civil de Luque y al dueño de la empresa que, en un juicio ejecutivo, le embargaron el dinero que había ganado en un juicio laboral. Según la Fiscalía, solo habría responsabilidad de la ujier y del oficial de Justicia, ya que las notificaciones serían falsas. Recuerda que el embargo se produjo justo cuando a su hijo le diagnosticaron una enfermedad grave.
La Sala Penal de la Corte rechazó el hábeas corpus reparador planteado a favor de Gianina García Troche, ex pareja del prófugo Sebastián Marset, ambos procesados en el caso A Ultranza Paraguay. En el informe de la jueza Rosarito Montanía se señala que la mujer había conseguido diversas comodidades no autorizadas en el penal de Viñas Cué.
El Tribunal de Apelación Civil y Comercial, Primera Sala, confirmó la sentencia que concedió la indemnización por daño moral a una víctima infantil de la dictadura stronista. Sin embargo, la reclamante ya falleció, por lo que sus herederos serían los beneficiarios. La víctima había sido secuestrada a los dos años junto con su madre y torturada para obligar a la mujer a hablar.
“Como Estado estamos en falta”, afirmó Elida Favole, directora de Género de la Fiscalía. Además, advirtió que “tenemos un retroceso y además una reticencia a abordar los hechos de violencia”.
Pobladores del barrio San Miguel de la ciudad de Areguá viven en zozobra, ya que denuncian la proliferación de adictos en la zona, la falta de seguridad y de limpieza de patios baldíos.
La retractación de una víctima de violencia tiene “un altísimo porcentaje”, lo que dificulta el proceso, lamenta la fiscala Estela Mary Ramírez. Advirtió que en zonas rurales pueden existir subregistros por normalizar la violencia.