El diputado colorado disidente Daniel Centurión presentó un proyecto de ley de reforma de la estructura de gobierno del Instituto de Previsión Social (IPS). Su objetivo principal es reorganizar el funcionamiento interno de la institución mediante una clara separación entre la administración ejecutiva y la representación/fiscalización sectorial.
El nombre que se le dará al Consejo es la creación del Consejo Honorífico de Representación y Fiscalización.
Así se reemplaza la estructura del actual Consejo de Administración por un nuevo Consejo Honorífico “de carácter consultivo, deliberativo y fiscalizador, sin injerencia en las decisiones ejecutivas o de compras”.
De acuerdo al proyecto, además, se determinará la integración de esta manera: habrá 3 titulares y 3 miembros suplentes, un representante de los trabajadores asegurados y un representante de los jubilados y pensionados.
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La novedad del proyecto además radica en que el Consejo Honorífico no significará una carga para el IPS, será de carácter Ad Honorem y sus integrantes ejercerán sin percibir sueldo, dietas, gastos de representación, viáticos ni compensación alguna proveniente del IPS.
Durarán 4 años en sus funciones (con opción a una sola reelección). No podrán integrar el Consejo proveedores, accionistas, directores ni representantes de empresas con contratos vigentes con el IPS.
Uno de los atractivos de ser consejero radicaba en que tenían voz y voto para dirigir las millonarias licitaciones del IPS, lo cual cambia con esta situación.
Tendrán “cero intervención en compras”. Los miembros del Consejo no podrán participar en el inicio de contrataciones, elaboración de pliegos, evaluación de ofertas, adjudicación o modificación de contratos.
Así, su rol en contrataciones se limita a solicitar e inspeccionar información y documentación de procesos ya concluidos, formular observaciones y denunciar irregularidades ante las autoridades de control.
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Mayores atribuciones para Presidente
Según el proyecto de Centurión, la máxima autoridad de la dirección ejecutiva y administrativa queda a cargo exclusivamente del Presidente del IPS.
La Presidencia asume la ejecución presupuestaria, gestión de recursos humanos y patrimoniales, y las decisiones sobre contrataciones y compras públicas bajo la Ley N° 7021/2022.
La Presidencia deberá remitir informes trimestrales de gestión al Consejo Honorífico (ejecución presupuestaria, adjudicaciones, situación del fondo previsional, indicadores de salud, etc.).
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Superintendencia de Jubilaciones
La propuesta legislativa plantea que las inversiones, préstamos y manejo de los fondos de pensiones seguirán bajo la supervisión de la Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones (Ley N° 7235/2023). La Presidencia no podrá tomar decisiones sobre estos fondos de forma unipersonal por fuera de dicho marco legal especial.
Para que la ley una vez sancionada y promulgada tenga efecto, se dará una transición y el IPS y el Poder Ejecutivo tendrán 90 días tras la promulgación para adecuar reglamentos e implementar el nuevo esquema institucional.
El documento prevé que hasta que se integre el nuevo Consejo Honorífico, el Consejo actual seguirá en funciones operativas básicas, pero perderá de inmediato la facultad de intervenir en adjudicaciones y compras públicas desde el día de entrada en vigencia de la ley.