07 nov. 2025

Caso Fiorella: Prisión preventiva para imputados

Se dictó prisión preventiva para los tres imputados en el caso de la niña Fiorella. El Juzgado descartó un caso de tráfico de menores y seguirá investigando por violación de la patria potestad. No fue imputada la madre de la niña.

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Fiorella estaba desaparecida desde el 2014. |Foto: referencia/pixabay.

Eusebio Coronel Amarilla y Celia Genoveva Chamorro Torres guardarán prisión preventiva en la Comisaría jurisdiccional, mientras que Bella Soledad Montiel López fue beneficiada con prisión domiciliaria bajo una fianza real de G. 50 millones.

La pareja es con quien estuvo la niña durante los últimos cuatro años, mientras que Montiel sería la persona quien la entregó, y la alejó de su madre.

Chamorro sufre de arritmia cardiaca, por lo que se garantiza que reciba la atención médica necesaria.

Todos están imputados por violación de la patria potestad, pero ya no rige la investigación por tráfico de menores, confirmó este jueves la jueza de Capiatá, Norma Salomón, tras la audiencia de imposición de medidas.

Aclaró que no existe investigación por tráfico de menores porque ninguna de las partes, ni los imputados ni la madre, en ningún momento mencionaron montos de dinero a cambio de la menor.

Sin embargo, la niña continuará en un hogar y no será entregada a la madre. La menor está a cargo de la jueza de Niñez y Adolescencia Jovita Rojas.

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Los que guardan reclusión en las dependencias policiales permanecerán allí como máximo ocho días. Posteriormente, pasarán a una penitenciaría, en el caso de la mujer al Buen Pastor y el hombre irá a donde haya lugar.

La niña desapareció cuando tenía 4 años, en el 2014. Su madre denunció su desaparición el mismo día que no la encontró, pero no le permitieron radicar la denuncia sino hasta varios días después.

Lea más: Aparece la niña Fiorella, cuatro años después

Tanto la niña como la madre son oriundas de la ciudad de Capiatá y no muy lejos de su casa y de donde había desaparecido fue hallada la pequeña el pasado martes.

El nombre de la madre se omite en cumplimiento del artículo 29 del Código de la Niñez, que prohíbe la publicación de datos que posibiliten identificar a los menores de edad en condición de víctima.

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