15 jul 2026

Candidaturas se podrán inscribir a partir del 2 de febrero en la ANR

El presidente del Tribunal Electoral Partidario (TEP), Santiago Brizuela, explicó que tras la oficialización del padrón el 30 de diciembre, el proceso electoral interno entra en una etapa clave con la inscripción de candidaturas para intendencias y juntas municipales en los 263 distritos del país.

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El presidente del Tribunal Electoral Partidario, Santiago Brizuela, indicó que a partir del 2 de febrero se inscribirán las candidaturas.

Foto: Archivo

El presidente del Tribunal Electoral Partidario (TEP) de la Asociación Nacional Republicana (ANR) Partido Colorado, Santiago Brizuela, informó que el pasado 30 de diciembre el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) oficializó el padrón partidario, definiendo así el universo de afiliados habilitados para elegir y ser elegidos en las elecciones internas municipales.

Tras la pausa administrativa del mes de enero, el cronograma electoral se reanuda el 2 de febrero, fecha desde la cual se habilita la inscripción de candidaturas para los cargos de intendente y miembros titulares y suplentes de las juntas municipales en los 263 distritos del país.

Este periodo de inscripción se extenderá hasta las 13:00 del 16 de febrero de 2026. Durante ese lapso, el TEP recibirá las carpetas de postulación y posteriormente realizará una revisión de oficio para verificar el cumplimiento de los requisitos legales, estatutarios y normativos.

Entre los puntos a controlar, Brizuela mencionó la antigüedad de afiliación, que debe ser de al menos un año, así como la residencia mínima exigida, que en el caso de los intendentes es de cinco años, y de tres años para los candidatos a juntas municipales, además de la edad mínima establecida por la ley.

Indicó además que junto con la presentación de candidaturas se puede solicitar la asignación de número de lista, elemento clave para la identificación de los movimientos internos. Aclaró que la denominación o diferenciación de listas responde a decisiones políticas internas y queda a cargo de los apoderados de los movimientos, no del Tribunal Electoral Partidario.

“El Tribunal siempre va a optar por la decisión que facilite la identificación de las candidaturas y evite confusiones al elector, conforme a los principios del derecho electoral”, sostuvo.

Brizuela detalló que para este periodo se encuentran inscriptos alrededor de 115 movimientos, de los cuales aquellos que no presenten candidaturas quedarán automáticamente excluidos del proceso.

Señaló que tras la definición de candidaturas comenzará el “trabajo más fuerte”, cronograma vinculado al control del financiamiento político, que incluye la recepción de las declaraciones de intereses económicos vinculados, la rendición de ingresos y gastos de campaña, así como la coordinación directa con la Justicia Electoral.

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