Una chance más. A casi cinco años de la matanza del 15 de junio de 2012 en Curuguaty, la Corte Suprema de Justicia se presenta como la última oportunidad de los 11 campesinos condenados en el caso. La sentencia dictada en el juicio oral el año pasado ya fue ratificada en segunda instancia y ahora quedará a cargo de la Sala Penal de la Corte anular o confirmar el fallo del Tribunal de Apelaciones.
El nuevo equipo jurídico, que representa a diez de los once campesinos, está liderado por el conocido abogado penalista y ex magistrado Jorge Bogarín. Actualmente están preparando el último recurso procesal que se puede presentar en Paraguay para buscar revertir la condena.
“La solución que se plantea es la nulidad de esta sentencia de segunda instancia y la necesidad de su tratamiento por un nuevo Tribunal de Apelaciones. Ese es el objetivo de un recurso extraordinario de casación (...) luego, si se anula, ahí atacar la sentencia del juicio”, explicó Bogarín.
“En Derecho tenemos una teoría que se llama los frutos del árbol envenenado. El árbol y los frutos son el proceso que se ha desarrollado. Vimos cómo en la escena del crimen hubo gente que pudo haber depositado casquillos, hubo políticos que llevaron armas del lugar. Eso ha contaminado gravemente la escena del crimen, que no estaba cercada ni vigilada por nadie”, añadió.
En ese sentido, recordó que dos de los cadáveres incluso fueron encontrados en el lugar por pobladores de la zona el día después de la masacre.
Raúl Caballero, un ex defensor público que se integró al equipo después de dejar el cargo de viceministro de Política Criminal de este Gobierno, señaló otra de las incongruencias de los fallos: la acusación a Rubén Villalba y Luis Olmedo de matar a la misma persona con una sola arma.
“Al arranque del juicio, en particular para Luis Olmedo y Rubén Villlalba, la única calificación con relación al homicidio doloso era en grado de tentativa; sin embargo, la Fiscalía cierra sus alegatos con que, a la par de la tentativa de homicidio doloso, también hay un homicidio doloso consumado con relación al señor (Erven) Lovera”, expresó.
“Las balas extraídas de Lovera corresponden a una misma escopeta casera, pero con la vertiginosidad con que se dieron los hechos, el Tribunal de Sentencia construye la idea de que con esa misma arma, en forma sucesiva, Villalba primero dispara a Lovera y después con esa misma arma Olmedo también dispara a Lovera y en paralelo también hay otros disparos a otros policías”, agregó.
Por su parte, el abogado Carlos César Trapani recalcó sobre la falta de fundamentación del fallo y también en que no hubo una correcta calificación de los hechos punibles.
INTERNACIONAL. Bogarín indicó que, de llegar a confirmarse la condena, los campesinos acudirán a las instancias internacionales. “El Estado paraguayo se podría exponer a graves sanciones si persiste en condenar a ciudadanos sin pruebas y con graves violaciones a las garantías procesales”, aseguró. Recordó que una sentencia de una instancia internacional podría acarrear un recurso de revisión para atacar los fallos firmes a nivel local.
Caballero resaltó que por el caso de Fermín Ramírez, Guatemala fue condenada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos por irregularidades procesales idénticas a las cometidas en el caso Curuguaty.
Este jueves se cumplen 5 años del día en que 11 policías y 6 campesinos murieron en un operativo policial en las tierras conocidas como Marina Cué, en Curuguaty.
Algunos puntos de la nueva defensa
Indefensión. Cuestionan que el juicio se inició con una acusación a Rubén Villalba y Luis Olmedo por tentativa de homicidio, pero finalmente los condenan por tentativa de homicidio y también por el homicidio de Erven Lovera.
El arma. La sentencia apunta que Villalba y Olmedo habrían matado a Lovera. Sin embargo, el subcomisario murió con disparos de una misma arma, según el fallo. La velocidad en que ocurrieron los hechos no permite sostener seriamente lo dicho.
Heridos. La única vinculación de Arnaldo Quintana y Néstor Castro con el caso fue el hecho de haber sido heridos en el tiroteo. No fueron reconocidos durante el juicio, según los abogados.
Contaminación de la escena. No existen huellas dactilares en las escopetas caseras encontradas en el campamento. Tampoco se comprobó que hayan sido disparadas.
Mujeres. La sentencia dice que algunas mujeres fueron utilizadas como “señuelos” para la emboscada a los policías. Sin embargo, nunca se precisó siquiera que esas mujeres hayan sido las tres mujeres condenadas: Lucía Agüero, Dolores López y María Fani Olmedo. Prisión domiciliaria.