07 mar. 2026

Cámara Alta aprueba proyecto que evita abuso de prisión preventiva

Por unanimidad, el Senado aprobó el proyecto de ley que modifica el artículo 245 de la Ley 1.286/98, del Código Procesal Penal, sobre las medidas alternativas o sustitutivas de la prisión preventiva, a fin de evitar el abuso de esta disposición.

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El Senado dio media sanción al proyecto de ley que modifica el artículo 245, de las medidas de prisión preventiva.

Foto: Senado

La Cámara de Senadores dio el visto bueno al proyecto de ley que modifica el artículo 245 de las medidas de prisión preventiva. El documento se presentó atendiendo a la crisis del sistema penitenciario, por la sobrepoblación crítica y el hacinamiento causado por el abuso de la medida.

Con la modificación, se deroga la Ley 4.431/2011, que modificó el artículo 245 del Código Procesal Penal, en la que se estableció que todos los hechos punibles sean considerados crímenes y no admitan las medidas alternativas.

De esta manera, la modificación indica que siempre que el peligro de fuga o de obstrucción pueda ser evitado por la aplicación de otra medida menos gravosa para la libertad del imputado, el juez, de oficio, deberá imponerle en lugar de la prisión preventiva, con algunas de la ocho alternativas citadas en el documento.

También fue incluida la tipificación de los hechos graves en el que no se podrá admitir medidas alternativas y sustitución a la prisión en casos de abuso sexual, abuso sexual en niños y secuestro, párrafo agregado por las senadoras Esperanza Martínez y Mirta Gusinky.

Se establece que el juez podrá imponer una o varias de estas alternativas, conjunta o indistintamente, según cada caso, adoptando las medidas necesarias para asegurar su cumplimiento.

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No se impondrán estas medidas contrariando su finalidad. Cuando el imputado no las pueda cumplir por una imposibilidad material razonable, en especial, si se trata de persona de notoria insolvencia o disponga del beneficio de litigar sin gastos, no se le podrá imponer caución económica.

En todos los casos, cuando sea suficiente que el imputado preste juramento de someterse al procedimiento, se podrá decretar la caución juratoria, antes que cualquiera de las demás medidas. Las medidas que se dicten como alternativas o sustitutivas a la prisión preventiva, podrán mantenerse hasta la finalización del proceso.

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También fue agregada la modificación que en cualquier etapa del proceso se podrá peticionar el cambio de calificación del hecho punible, sin interrumpir el proceso penal.

El proyecto con media sanción pasa a la Cámara de Diputados. La semana pasada la Cámara Baja aprobó el proyecto que declara en emergencia penitenciaria a todos los establecimientos penitenciarios del país.

El pasado 16 de junio se registró una masacre en la cárcel de San Pedro, que tuvo como saldo 10 reclusos fallecidos. Ese mismo día también se registró un amotinamiento en el penal de Tacumbú. Días después, se registraron otros hechos violentos en distintas penitenciarías del país.

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