El Banco Central del Paraguay (BCP) aprobó dos nuevas resoluciones orientadas a fortalecer la seguridad, transparencia y estabilidad del sistema financiero nacional, mediante la regulación de los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) y la unificación de criterios para la calificación de riesgo de entidades supervisadas.
A través de la Resolución N° 25, Acta N° 58, de fecha 18 de diciembre de 2025, el Directorio del BCP dio luz verde al “Reglamento de Definición de Roles, Registro, Transparencia Informativa y Seguridad de la Información para Proveedores de Servicios de Pago (PSP) del Sistema Nacional de Pagos”. Esta normativa busca ordenar el crecimiento del ecosistema de pagos, en línea con los avances tecnológicos y el desarrollo del sector, señala la banca central.
Según informaron, el reglamento se enmarca en la Ley N° 7503/2025 Sistema Nacional de Pagos establece los roles, obligaciones y requisitos que deberán cumplir los PSP que operan en el país.
Entre los puntos centrales, se dispone la creación de un registro ante el BCP, con lineamientos a ser definidos por la Gerencia General, para contar con información actualizada, verificable y homogénea de los actores del sistema.
Asimismo, incorpora exigencias de transparencia informativa, obligando a los proveedores a publicar de forma clara y accesible datos sobre comisiones, costos, condiciones de los servicios y mecanismos de atención y resolución de reclamos para usuarios y comercios.
En materia de seguridad de la información y ciberseguridad, la norma fija estándares mínimos de control y gestión de riesgos para proteger la integridad y confidencialidad de los datos y operaciones, además de requisitos para la adecuada administración y resguardo de los fondos involucrados en los servicios de pago.
Calificación de riesgo. Por otro lado, mediante la Resolución N° 31, Acta N° 58, también del 18 de diciembre de 2025, el BCP aprobó el “Reglamento de lineamientos generales para la calificación de riesgo de entidades bancarias, financieras y compañías de seguros”, con el objetivo de contar con un régimen unificado para las entidades supervisadas por las Superintendencias de Bancos y de Seguros.
La normativa se dicta en el marco de los artículos 284 y 287 de la Ley N° 7572/2025 Mercado de Valores y Productos y busca armonizar los criterios aplicables a bancos, financieras, aseguradoras y sociedades calificadoras de riesgo, estableciendo la forma y periodicidad de evaluaciones.
Con ello, el mercado contará con reglas más previsibles y coherentes, que permitirán mitigar los riesgos propios de la actividad financiera y ofrecer calificaciones objetivas que sirvan de base para la toma de decisiones de los distintos agentes.
Las entidades alcanzadas deberán actualizar sus calificaciones de riesgo de manera anual, sobre la base de la información de cierre de cada ejercicio, y cada vez que realicen emisiones de oferta pública.
Desde el Banco Central del Paraguay destacaron que ambas resoluciones reafirman el compromiso institucional con la consolidación de un sistema financiero seguro, moderno y eficiente, orientado a impulsar la innovación, fortalecer la competencia y contribuir al desarrollo económico del país.