29 jun. 2025

Bachi volverá a asumir la presidencia tras su maniobra para controlar el Congreso

Luego de una jugada que le permitió mantener el control en el Congreso, Basilio Bachi Núñez inicia un nuevo periodo el próximo 1 julio hasta el 2027, tras modificar el reglamento el pasado año.

bachi núñez

El presidente de la Cámara de Senadores, Basilio Bachi Núñez.

Foto: Rodrigo Villamayor.

El próximo martes 1 julio, el senador de Honor Colorado Basilio Bachi Núñez asumirá un nuevo periodo como presidente del Congreso Nacional, cargo para el que ya fue elegido en diciembre pasado, luego de planificar en silencio él mismo una maniobra que sorprendió incluso a miembros de su bancada.

De esta forma, permanecerá como presidente hasta el 2027. En esta jugada, dejó fuera a Derlis Maidana y otros que aspiraban a ocupar el cargo.

Bachi impulsó la modificación del reglamento del Senado luego de lograr un acuerdo con la mayoría para tener los votos y llevó a cabo la elección de la mesa directiva, mediante la cual primero extendió el mandato, y de forma inmediata, fue reelegido.

La finalidad es mantener el control del Congreso, sobre todo en momentos de las elecciones municipales. La sesión extraordinaria fue convocada para el 2 de diciembre, y se cambiaron cuatro artículos del reglamento interno, que son el 6, 11, 36 y 76.

Lea más: HC pone en marcha maniobra para controlar Congreso hasta el 2027

En el artículo 6, se estableció adelantar al 30 de junio la incorporación de los nuevos senadores electos y proclamados (cada cinco años) en la renovación de la Cámara, “y con este acto quedarán separados de los senadores salientes”. Ese mismo día, se elegirá la mesa directiva. Anteriormente, todo ese procedimiento se realizaba el 1 julio de cada periodo.

En el artículo 11, se definió que la duración de mandato pasara a dos años para los primeros dos periodos legislativos, y un año para el último periodo. Antes era solo de un año.

El tercer cambio fue sobre la elección en sesión preparatoria, que pasó a realizarse entre el 1 y 20 de diciembre del año anterior al fenecimiento del periodo. Anteriormente, era junio y luego marzo.

“En caso de no resultar mayoría absoluta en las votaciones, se votará por los candidatos que hayan obtenido la primera y la segunda mayoría. Si hubiese empate se procederá a nueva votación y si el empate se repitiese, decidirá el presidente”, expresa parte del artículo 11.

En el artículo 36, se incluyó la remoción del mandato. Se aclara que, si bien el presidente y los vicepresidentes pueden ser reelectos, también podrán ser removidos por mayoría de dos tercios, con un proyecto de resolución.

El quinto y último cambio contemplado fue en el artículo 76 que señala que las comisiones permanentes durarán en sus funciones el mismo periodo que la mesa directiva.

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