Ricardo Torres, auditor de la Asociación Civil de Auditoria Ciudadana de Mariano Roque Alonso (MRA), afirmó que se enteraron de la situación después de una información que partió desde la misma Municipalidad. “Como asociación, dentro de los estatutos podemos recibir denuncias de los ciudadanos y validamos la información el fin de semana. Efectivamente la intendenta y su primer anillo hacen oficina en ese edificio”, expresó.
Afirmó que desde que recibió la denuncia, identificaron el lugar, luego a los propietarios del edificio, hicieron la comunicación correspondiente y validaron que la Municipalidad tenga oficina allí.
“La información que recibimos fue que autoridades de la Municipalidad tenían oficina allí. No sabíamos si eran concejales, la intendenta o directores de área. Una vez validamos la información con los propietarios del edificio. Pudimos detectar que se trata de la intendenta y su primer anillo”, explicó.
Luego de esto, movieron la estructura de la asociación para que algunos de sus integrantes vayan in situ a filmar y grabar a la persona que administra o cuida el edificio. Así fue que confirmaron que Carolina Aranda hace oficina allí.
CRÍTICAS. Ricardo Torres afirmó que en el recinto de la Municipalidad, la intendenta tiene una oficina de despacho. “Allí debería hacer oficina. Fuimos varias veces y nunca le encontramos al igual de varios funcionarios. Entendemos que las oficinas son mucho más lujosas que las que cuenta la comuna”, manifestó.
Sostuvo que la jefa comunal tiene una oficina de despacho por lo que debería hacer oficina en la sede municipal. “Nosotros en varias oportunidades fuimos junto a ella y nunca le encontramos. Tenía oficina en un lugar mucho más lujoso. No es común que haga oficina en un lugar como ese”, cuestionó.
El costo del alquiler mensual de un piso es de USD 1.000 (G. 7.300.000), según lo informó el mismo Torres.
ADMINISTRADOR. ÚH se comunicó con la administración del edificio corporativo. El encargado nos confirmó que el primer piso es arrendado por la Municipalidad de Mariano Roque Alonso (MRA). Sin embargo, nos anunció que consultaría con los representantes legales de la firma para recibir la autorización de facilitar datos o no. En concreto lo que le preguntamos es ¿desde cuándo está la comuna en el lugar? Y ¿por cuanto tiempo dura su contrato?
Nos respondieron que se debe a los clientes y no a un medio de comunicación. Sin embargo, al intentar saber si recibió o no la aprobación de sus asesores legales para atendernos, el mismo ya no atiende llamadas ni mensajes
DNCP. Otro aspecto llamativo es que este alquiler no está registrado en el portal de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). Desde el ente, informaron que todas las adquisiciones de bienes o servicios deben pasar por el sistema de contrataciones públicas sin excepción. El artículo 1 de la ley 2051/2003 menciona que las municipalidades no podrán celebrar actos jurídicos evadiendo esta ley.