Por una mayoría de dos tercios se rechazó el proyecto de Ley Que modifica y amplía el artículo 1° de la Ley N° 4.711/2012, que sanciona el desacato de una orden judicial. Este documento también tiene rechazo del Senado por lo que será remitido al archivo. De acuerdo con la exposición de motivos, el objetivo de la propuesta era dar sanción a aquellos que incumplen con la remisión de respuestas a los pedidos de informes remitidos por el Poder Legislativo.
Las sanciones planteadas, incluso, podían llegar hasta penas privativas de libertad de entre seis meses y dos años o multa.
El diputado Jorge Ávalos Mariño (PLRA-Paraguarí), presidente de la Comisión de Legislación y Codificación, explicó que en el órgano asesor no están de acuerdo con el proyecto.
Señaló que la irregularidad en cuestión no puede merecer castigos como la pena carcelaria y que el Poder Legislativo posee otros mecanismos para reaccionar ante estas faltas.
“Ambas cámaras del Congreso tienen herramientas para exigir en casos de incumplimiento de la respuesta a los pedidos de informes. Podríamos citar, entre ellas, la interpelación; el voto de censura; e incluso el juicio político”, manifestó.
Antecedente. El proyecto había sido presentado en el Senado en la legislatura pasada, como medida a la falta de respuestas de instituciones a los pedidos de informes de los legisladores.
El proyecto se fundamenta en el incumplimiento de los pedidos de informe que a decir de los senadores proyectistas, principalmente, es debido a la falta de una sanción penal a una de las atribuciones que la Constitución Nacional otorga al Poder Legislativo, mediante los artículos 192 y 186, última parte.