15 may. 2024

Apelación ratifica otra vez la prisión de Gerardo Stadecker

El Tribunal de Apelación Penal, Tercera Sala, ratificó, una vez más, la prisión preventiva del procesado Gerardo Stadecker, acusado por el presunto feminicidio de Sabryna Breuer, el 17 de diciembre de 2017. La defensa había apelado la resolución de la jueza Cynthia Lovera, por la que se rechazó, el 30 de abril pasado, la revisión de medidas que requirió el encausado. La defensa había pedido que se revocara la prisión preventiva, o que se le concediera el arresto domiciliario para poder ver a sus hijos menores.

La resolución fue dictada en forma unánime por los camaristas Cristóbal Sánchez, Agustín Lovera Cañete y José Waldir Servín.

Los abogados Federico Campos y Osvaldo Rodas habían cuestionado la resolución con el argumento de que la prisión preventiva debe ser proporcional, que está preso nada menos que tres años y cinco meses.

Alega que es una flagrante violación de la Carta Magna y de los tratados internacionales, ya que constituye una pena anticipada.

Asimismo, alega que la jueza no hizo caso a las nuevas pruebas que fueron agregadas y que demuestran la inocencia del encausado.

Por su parte, la fiscala Dora Nohl solicitó el rechazo del recurso y que se ratificara la prisión del encausado.

Remarca la fiscala que en el caso investigado, la pena mínima por el hecho punible es de 10 años, por lo que no hay violación constitucional.

Ya en el análisis del recurso que promovió, los camaristas señalan que la pena por el hecho punible investigado va de entre 10 y 30 años de cárcel, por lo que “mal podría hablarse de una pena anticipada”, con los 3 años y 5 meses preso.

Citan la última parte del artículo 19 de la Carta Magna, donde señalan que en ningún caso, podrá superar la pena mínima por el hecho investigado.

Con ello, votan por ratificar la resolución, con lo que señalan que el acusado puede estar 10 años preso, ya que esa es la pena mínima por el hecho punible sin que se violen sus derechos.

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