Para abogados, la decisión de la mayoría cartista de flexibilizar los requisitos para acceder al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) favorece a personas sin idoneidad y refuerza el control político en el órgano extrapoder.
La Cámara de Diputados aprobó una versión modificada del proyecto conocido como anti-Rivas, que endurecía los requisitos para integrar el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM). La iniciativa original proponía establecer la edad mínima de 35 años, exigir 10 años de experiencia profesional y reducir el mandato de los representantes legislativos a un año.
Sin embargo, el cartismo impuso una versión más flexible que reduce la edad mínima en 30 años, disminuye la exigencia de experiencia a cinco años y vuelve a fijar el mandato de tres años como establece actualmente la Ley 6814/2021.
“Me parece que es un paso más que está llevando adelante este grupo político para destruir la institución y buscar colocar gente capaz de firmar cualquier cosa, gente sin ningún escrúpulo, sin ningún límite, gente que con la menor cantidad de méritos posibles, para tener un control total de esa institución según sus intereses y seguir haciendo barbaridades y aberraciones como hizo el Jurado cuando dos veces le blanqueó a Stella Mary Cano”, opinó el abogado Guillermo Ferreiro en alusión al caso de la fiscala imputada por persecución de inocentes.
El profesional advierte que bajar la vara para acceder al JEM representa un daño institucional grave a largo plazo, pero que también puede perjudicar en el futuro a los oficialistas.
“Lo que no entiende el cartismo porque su gente no tiene la capacidad intelectual mínima de entender es que este descalabro institucional que ellos crean porque hoy tienen mayoría, en el futuro va a ser usando en contra de ellos cuando cambien las mayorías políticas”, afirmó.
Para la abogada Teresa Flecha no es ninguna novedad que el “cartismo actúe de esa forma, ya que desde que están instalados en el Gobierno han buscado amoldar a las instituciones a gusto y capricho”.
Sostuvo que al reducir las exigencias en cuanto a los requisitos que se deben cumplir para acceder como miembro del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) “se facilita y se premia la mediocridad”.
“Además, no debemos olvidar que este es el grupo político que más impresentables tiene en sus filas, es lógico que busque manipular para seguir instalando en los cargos a sus analfabetos funcionales”, precisó.
Los cartistas sostienen no haber violado la Constitución Nacional alegando que el artículo 253 dispone que la ley regulará el funcionamiento del JEM, pero Flecha no está acuerdo con este argumento. “Sin embargo, esa disposición no conlleva a autorizar aberraciones”, expresó.
Asimismo, refirió que una permanencia prolongada de tres años facilita la conformación de “roscas” y esquemas de influencia vinculados a intereses políticos e, incluso, a presuntos hechos de corrupción.
“Una vez más aprueban un proyecto en base a sus oscuros intereses, es el escenario apropiado para realizar las designaciones favoreciendo únicamente a personajes que responden a su grupo político”, manifestó la abogada.
El proyecto que modifica el artículo 3 de la Ley 6814 pasa ahora a la Cámara de Senadores para su revisión.
- “Es lógico que (este grupo político) busque manipular para seguir instalando en los cargos a sus analfabetos funcionales”. Teresa Flecha, abogada.
- “Este descalabro institucional en el futuro va a ser usado en contra de ellos cuando cambien las mayorías políticas”. Guillermo Ferreiro, abogado.
TEXTO INICIAL
Edad mínima: El proyecto inicial planteaba que los representantes tengan al menos 35 años de edad.
Años de ejercicio. Proponía la obligatoriedad de haber ejercido la profesión por al menos 10 años.
Duración de la representación: El texto inicial intentó reducir el periodo de mandato a 1 año.
Reelección: Un sector de la oposición propuso que no se permita la reelección, de manera a facilitar la rotación.
TEXTO APROBADO
Edad mínima: Con votos cartistas se redujo la edad a 30 años.
Años de ejercicio: Se aprobó la posibilidad de que los legisladores cumplan apenas 5 años de ejercicio de la profesión.
Duración de la representación: El documento con media sanción mantiene los 3 años de mandato que establece la ley actual.
Reelección: Una mayoría cartista impuso que los representantes puedan ser reelectos.