08 ago. 2025

A Ultranza: Rechazan tutela jurisdiccional para que acusada estudie Derecho

La jueza de Ejecución, Lidia Wyder, rechazó un pedido de tutela jurisdiccional, presentado por la defensa de María Virginia Araki, esposa de Federico Santoro, para obtener autorización a fin de seguir la carrera de Derecho de forma virtual desde su lugar de reclusión.

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Procesada. María Virginia Araki, quien solicitó permiso para seguir la carrera de Derecho.

Foto: Gentileza.

Los abogados Víctor Medina y Hugo López habían presentado el pedido de tutela jurisdiccional a favor de María Virginia Araki, esposa de Federico Santoro, donde piden traer a la vista los antecedentes del pedido de acceso a las clases virtuales en la carrera de Derecho en la Universidad Americana, ya que se viola el derecho a la educación.

Explican que la misma cuenta con dos carreras universitarias previas, es Licenciada en Administración de Empresas y Comercio Internacional. Además, refiere que atraviesa por una situación difícil, ya que está presa hace dos años, sino también por la complejidad del proceso penal en el que se supuestamente se halla involucrada.

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Es así que el proceso hace prever que el trámite judicial podría extenderse por un tiempo considerable antes de obtener una respuesta definitiva del Estado. “En ese contexto, lejos de adoptar una actitud pasiva, mi defendida ha manifestado su firme voluntad de aprovechar ese tiempo de encierro en forma productiva”, afirma.

Solicitan que se le permita continuar su formación académica mediante el acceso a clases virtuales de la carrera de Derecho ofrecida por la Universidad Americana.

La jueza se constituyó en el Centro Penitenciario de Mujeres “Serafina Dávalos” de Coronel Oviedo donde entrevistó a la procesada María Virginia Araki, quien le refirió que estudió Ciencias Contables y que quería seguir estudiando.

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“En lo que respecta al pedido de Acceso a clases virtuales en la carrera de Derecho, manifiesta que el mismo se realiza en forma virtual y semestral, manifiesta que está en dicha penitenciaría desde el mes de agosto de 2025, y que ha realizado la carrera de Ciencias Contables y Relaciones Internacionales en la Universidad Americana, refiere tener deseo de continuar estudiando”, afirma.

Remarca que ella quiere “de esa forma dar ejemplo a las demás reclusas del penal, la misma refiere que ayuda en las actividades del área de la cocina en la institución y mantiene un horario de estudio, realiza un curso de electricidad, cursos con bases bíblicas, curso de crochet, el curso de electricidad es impartido por el Servicio Nacional de Promoción Profesional, clases que las desarrolla de mañana”.

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Por su parte, la fiscala de Ejecución, Dominica Zayas Acevedo, al contestar el traslado, refirió que que el tipo penal de la procesada “genera un alto impacto a la sociedad, siendo un flagelo en la cual la sociedad se encuentra vulnerada, cabe resaltar que la Dirección General de Establecimientos Penitenciarios que tiene el compromiso de aplicar el Manual o Protocolos a seguir”.

Añade que también están las medidas de seguridad dentro de las penitenciarías es competencia exclusiva del Ministerio de Justicia, en especial al Vice Ministerio de Política Criminal…A fin de evitar que existan sentencias contradictorias, tomando en consideración que existen resolución pendiente aún sin resolver, lo que podría generar fallos contradictorios.

Ya al analizar el caso, la magistrada tuvo en cuenta el Código de Ejecución y las demás leyes que le dan potestad para resolver la cuestión.

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Después, la magistrada dice que Araki actualmente está procesada y a cargo del Tribunal de Sentencia encabezado por la jueza María Luz Martínez, quien ya rechazó el pedido, lo que fue ratificado por el Tribunal de Apelación Especializado.

Apunta que no fueron vulneradas garantías y derechos fundamentales en este caso de la educación, consagrados en la Constitución Nacional y Tratados Internacionales, puesto que, durante su tiempo de reclusión, la mujer accedió a programas de estudio y de capacitación, lo que se encuentra acorde con la normativa.

Con ello, rechaza el pedido de tutela jurisdiccional planteado por la procesada de acceder a clases virtuales de la carrera de Derecho.

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