15 may. 2024

Fretes dictaminó a favor de acción de una socia comercial de su hijo

Antonio Fretes aparece como preopinante a favor de una acción de inconstitucionalidad que promovió la abogada Lourdes Beatriz González Gómez, socia de su vástago Asdrúbal Fretes.

Evidencias sobre presunto tráfico de influencias en casos judiciales del clan familiar del ministro de la Corte Suprema de Justicia, Antonio Fretes, van apareciendo luego de que haya salido a la luz pública el contrato por 368.000 dólares que firmó su hijo Amílcar para trabar la extradición a los Estados Unidos de Kassem Mohamad Hijazi, ligado al terrorismo internacional.

Este hecho hizo que el ministro pida permiso indefinido como presidente de la máxima instancia judicial, pero también que empiecen a llover denuncias de “manejos oscuros y torcidos” en la administración de justicia.

En este contexto, aparece una acción de inconstitucionalidad promovida por la abogada Lourdes Beatriz González Gómez, en representación de su cliente Tristan Ernesto Marquizo Goldemberg.

El nombrado demandante plantea la inconstitucionalidad en contra del artículo 41° de la Ley 2856/06 “que sustituye las leyes N°73/91 y 1802/01, de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Empleados Bancarios del Paraguay”.

Sostiene que el artículo impugnado por medio de esta acción de inconstitucionalidad transgrede no solo los derechos adquiridos, sino también violenta el principio de igualdad consagrado en los Arts. 46°, 47°, 86° y 95°de la Constitución Nacional.

SOCIA. El primer aspecto sugestivo que surge es que González Gómez es conocida como socia comercial de Asdrúbal Fretes, hijo del ministro, y que es considerado el referente principal que “maneja los negocios millonarios de la familia Fretes”. La nombrada abogada también es conocida como “muy influyente” en los pasillos del Poder Judicial.

Esto pone en situación dudosa la evaluación jurídica de la acción de inconstitucionalidad y el fallo que luego resultó a favor del cliente de la abogada en cuestión.

Precisamente, en el expediente el ministro Fretes hace sus “consideraciones y análisis jurídicos” del caso para dictaminar y emitir su voto. Sostuvo en conclusión que “en atención a las manifestaciones vertidas considero que debe hacerse lugar a la Acción de Inconstitucionalidad y en consecuencia declarar la inaplicabilidad del Art. 41 de la Ley N° 2856/06, exclusivamente en la parte que establece como condición para la devolución de los aportes el requisito de contar con una antigüedad superior a 10 años, en relación con el accionante; es mi voto”.

Luego de esto, la Corte suprema de Justicia resolvió “hacer lugar a la acción de inconstitucionalidad promovida y, en consecuencia, declarar la inaplicabilidad del Art. 41 de la Ley N° 2856/2006, tal como promovió la abogada González Gómez, a los efectos de los aportes al señor Marquizo Goldemberg.

Sugestivo. El ministro Fretes opinando en la acción de la socia comercial de su hijo.

Sugestivo. El ministro Fretes opinando en la acción de la socia comercial de su hijo.

Favorable. El ministro Antonio Fretes emitió su voto a favor de la inconstitucionalidad.

Favorable. El ministro Antonio Fretes emitió su voto a favor de la inconstitucionalidad.

Asdrúbal y un exiguo patrimonio

Asdrúbal Fretes, señalado como presunto “administrador de los bienes millonarios del clan familiar” que encabeza su padre, el ministro Antonio Fretes, tiene registrado un patrimonio exiguo ante la Contraloría General de la República (CGR) cuando se desempeñaba como funcionario del Ministerio Público.

De acuerdo con los registros, hay una declaración que realizó el 11 de mayo del 2016 ante la Contraloría.

En la misma declaró un activo total de G. 150.130.000 y un pasivo de dos millones de guaraníes. Como ingresos aparece un total de G. 9.910.000. En el detalle figura como patrimonio de mayor valor una camioneta marca Foton, modelo 2011, por G. 85.310.000.

Asimismo, menciona obras de arte por valor de treinta millones de guaraníes y G. 15 millones en equipos de oficina.

Asimismo, en cuanto al pasivo, registra una deuda de dos millones de guaraníes.

En otros documentos, Asdrúbal aparece como representante legal de la empresa agropecuaria Tebicuary Campos & Hacienda SA.

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