El fiscal Hernán Galeano solicitó la rebeldía con base en que el Juzgado citó en dos ocasiones a los imputados para la audiencia de imposición de medidas y en ambas ocasiones su incomparecencia fue injustificada.
Es así que Amarilla admitió la imputación el 21 de junio de este año y los convocó a la imposición de medidas para el 28 de junio, pero esta no se pudo realizar debido la incomparecencia injustificada de los procesados.
Luego, el 11 de agosto el juez señaló nuevamente audiencia para el 16 de ese mismo mes. De acuerdo con el informe de la ujier del Juzgado, esta se constituyó en el domicilio denunciado por Osvaldo Daniel Aquino. Allí la atendió un señor de edad, quien le informó que el procesado no estaba en ese lugar debido a que se encontraba en Uruguay y se negó a recibir la notificación. De todos modos, la funcionaria dejó el documento entre las rejas del portón de la casa.
Respecto a Moisés Galeano, la ujier se comunicó vía celular con el padre del imputado, quien le dijo que el joven se encuentra en Uruguay.
El 16 agosto la audiencia volvió a suspenderse por incomparecencia injustificada de los imputados, según informaron desde el sitio digital juficiales.net.
Por lo que, atendiendo a la necesidad de contar con la presencia de los procesados, el magistrado consideró pertinente declarar la rebeldía y ordenar la captura de ellos.
De los cinco imputados, solo Stiben Patrón tiene medidas cautelares (arresto domiciliario). Todos están procesados por fabricación ilícita y hechos punibles conexos de la Ley 4036/2010 “De Armas”.