La decisión afecta a las DDJJ presentadas por los presidentes, vicepresidentes, ministros, legisladores, ministros de la Corte, gobernadores, intendentes y hasta directores de Itaipú y Yacyretá, entre los años 1998 y 2017.
La acción contó con el apoyo del Grupo Impulsor de Acceso a la Información Pública (GIAI), que destacó el logro obtenido luego de que la Contraloría General de la República (CGR) se haya mostrado en contra de dar a conocer esta información.
Los datos a ser proveídos deben contener todos los activos y pasivos, debidamente especificados, y se aplica a bienes y dinero tanto en el país como en el extranjero.
El fallo aclara que la información obtenida no podrá ser de parientes de los altos funcionarios, hasta el segundo grado de consanguinidad, debido a que esto escapa del ámbito público.
De acuerdo con el criterio de la CGR, solo con una orden judicial se puede acceder a este tipo de datos. Sin embargo, el amparo argumenta que es la Constitución Nacional la que reconoce el derecho de toda persona de acceder a información pública.