EFE
Martínez, de 40 años, explicó que esperó hasta finales de diciembre para recibir la sentencia de 2 años y 6 meses de cárcel por tenencia de unos 900 gramos de marihuana congelada en su nevera.
Según su testimonio, utilizaba la droga para producir aceite de cannabis que donaba a personas o familiares de enfermos que utilizaban este remedio.
Antes de que se dictara condena, Martínez estuvo desde julio de 2016, momento en que la Fiscalía allanó su casa y fue detenido, recluido en prisión preventiva en la cárcel de Ciudad del Este, segunda mayor urbe del país y su lugar de residencia.
La sentencia de diciembre le permitió la reclusión domiciliaria y ahora está pendiente de conmutación el tercio que le queda de condena por una situación de libertad provisional.
Sin embargo, la Fiscalía apeló el mes pasado su sentencia y pide para él la vuelta a prisión, que está pendiente de notificación, y una pena de entre cinco y quince años, la que estipula el Código Penal para la tenencia ilícita de drogas.
El Código Penal establece que “el que tuviere en su poder, sin autorización, sustancias estupefacientes, drogas peligrosas o productos que las contengan, será castigado con cinco a quince años de penitenciaría, decomiso de la mercadería y multa del cuádruplo de su valor”.
Martínez subrayó que la marihuana no era utilizada para consumo, sino para la producción del aceite con fines médicos, por lo que, a su juicio, la Justicia le condenó a una pena menor por no considerarlo un atentado contra la salud pública.
Su caso ha vuelto a reabrir el debate sobre la legislación y las penas con relación a la marihuana y el cannabis en Paraguay, el país con mayor producción ilegal de marihuana de toda Suramérica.
La reciente aprobación de la nueva normativa sobre la producción y el uso del cannabis y sus derivados para usos médicos y científicos contempla la tenencia de la droga siempre previa autorización de los entes estatales, algo que no tenía Martínez.
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Aún así, la legislación dejó de lado la autoproducción de los derivados, como el aceite de cannabis con fines medicinales, algo que las asociaciones procannábicas han criticado en repetidas ocasiones.
Martínez afirmó que producía el aceite “porque se lo pedían” personas o familiares de enfermos que lo utilizaban con fines medicinales, pero que era la primera vez que lo producía en su domicilio.
Agregó que lo que solía hacer era desplazarse a las plantaciones de agricultores o comunidades indígenas para mostrarles uno de los procesos para la fabricación de aceite de cannabis para ser usado como medicina natural con la que paliar dolencias.
“Yo no cultivaba. Me iba al campo y les enseñaba a ellos (los productores) a utilizar el cannabis con otro fin”, dijo.
El hecho de que Martínez proveía a ciertas personas siempre con fines medicinales quedó probado durante el juicio oral con la intervención de testigos y su propio testimonio, aunque la Justicia le acusó de poseer sustancias estupefacientes sin autorización expresa.
A la espera de que se le notifique su vuelta a prisión, Martínez explicó que, para él, lo importante es que todo este proceso no siente una “jurisprudencia negativa”, en el primer caso relacionado con la producción de aceite de cannabis con condena firme.
En su opinión, una sentencia de cinco a quince años en su contra podría suponer penas similares para otras personas, como algunas madres paraguayas que atienden a sus hijos enfermos con aceite de cannabis, una práctica que consideró beneficiosa y que no atenta contra la salud.
“El día en que alguna madre esté en una situación como la mía va a ser una mala jurisprudencia”, agregó
También observó que su caso, que ha coincidido con la aprobación de la nueva normativa para la producción y uso del cannabis con fines medicinales, está siendo utilizado por la Justicia como “una condena ejemplar”.