De esta manera, se ratifica la resolución dictada por el juez de Garantías, Raúl Florentín, del pasado 13 de setiembre, que elevó a juicio oral la causa contra el condenado RGD por el citado hecho punible.
El magistrado, en la resolución, había rechazado el pedido de aplicar el criterio de oportunidad; es decir, que la Fiscalía no persiga el delito por su insignificancia, a más de que cumple una pena de 15 años de encierro, que es una sanción mucho más grave.
El abogado Mario Elizeche Baudo había apelado la resolución debido, según dice, a que el fallo se dictó en total violación de los principios legales y con un enfoque erróneo de los incidentes que planteó la defensa.
La defensa sostuvo que es deber del Tribunal de Apelación revisar de oficio las resoluciones. Además, con respecto al criterio de oportunidad que se rechazó, dice que se debía aplicar porque no hubo dolo en la conducta del acusado.
También indica que el rechazo del pedido fue hecho con un criterio erróneo del juez, que era una salida procesal viable, que hubo arbitrariedad. Con ello, pide finalmente anular la resolución y que se aplique el criterio de oportunidad.
Por su parte, la fiscala María Alejandra Savorgnan, no contestó el traslado de la defensa, por lo que se dio por decaído su derecho a dar su postura con relación al recurso de la defensa.
El recurso fue estudiado por los camaristas Emiliano Rolón Fernández, Arnulfo Arias y Arnaldo Fleitas, quienes coincidieron que el recurso era inadmisible.
No obstante, Emiliano Rolón sostuvo que en el caso no se podía aplicar el criterio de oportunidad, ya que la Fiscalía ni siquiera prestó su anuencia, sino que por el contrario, se opuso.
Aclara que el criterio de oportunidad es una salida procesal donde es el Ministerio Público el que señala que el caso es de reproche reducido o de poco interés público, cuando se permita prescindir de la pena, cuando la condena sería exigua en consideración a otra sanción ya impuesta, o que haya un fallo firme de expulsión o extradición.
Por su parte, tanto Arias como Fleitas sostuvieron que el auto de apertura a juicio oral era inapelable, con lo que la apelación de la defensa debía ser declarada inadmisible. Ahora, RGD deberá enfrentar otro juicio.